El Senado convirtió en ley durante la sesión de este jueves el proyecto de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que reemplazó a la primera versión del régimen y que había sido aprobada apenas ocho meses antes. La propuesta consiguió 44 votos afirmativos y 23 negativos, con respaldo de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y distintos bloques provinciales.

Entre los sectores que acompañaron la iniciativa se encontraron el bloque conducido por Patricia Bullrich, el PRO, la UCR, Convicción Federal, Despierta Chubut, el Frente Cívico por Santiago, Independencia, La Neuquinidad, Movimiento por Misiones, Primero los Salteños y Provincias Unidas.
Durante el debate, el senador libertario Bruno Olivera, en su carácter de miembro informante, sostuvo que el proyecto apuntaba a modificar la relación entre el Estado y los contribuyentes. Según explicó, la propuesta buscaba que quienes pagaban impuestos dejaran de ser considerados bajo una presunción permanente de sospecha y fueran tratados como ciudadanos que cumplían con sus obligaciones.
El rechazo estuvo encabezado por el bloque peronista. Sus integrantes cuestionaron el proyecto porque lo vincularon con un esquema destinado a facilitar el blanqueo de fondos. El presidente de ese espacio, José Mayans, sostuvo que su bancada votaría en contra porque, a su entender, la norma formaba parte de un programa económico que afectaba a trabajadores, jubilados y pensionados.
Antes de la votación, el senador peronista Jorge Capitanich también había cuestionado el tratamiento de la iniciativa en las comisiones. Señaló que no habían participado el ministro de Economía, funcionarios ni representantes del Ministerio de Economía o de ARCA, y cuestionó que se hubiera convocado a especialistas que, según su interpretación, que no tenían relación suficiente con el proyecto.

Otro de los planteos opositores estuvo relacionado con las restricciones para funcionarios y personas políticamente expuestas. El senador peronista Fernando Salino cuestionó una de las modificaciones introducidas respecto de la primera versión de la norma, que había restringido el acceso al régimen para ministros, secretarios, jueces y legisladores, pero había dejado fuera de esa limitación a sus familiares.
Salino propuso ampliar esa restricción para incluir a las personas políticamente expuestas y establecer que ante ARCA también debieran responder por incrementos patrimoniales sus cónyuges, convivientes, ascendientes y descendientes en primer y segundo grado.
El planteo fue llevado al recinto mediante un pedido de modificación. Sin embargo, el oficialismo comunicó que no aceptaría cambios sobre el texto acordado y la iniciativa terminó siendo votada tanto en general como en particular sin modificaciones.
Qué estableció Inocencia Fiscal II
Uno de los cambios centrales de la nueva legislación estuvo relacionado con el acceso al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG). El esquema anterior dejaba fuera a quienes hubieran registrado ingresos superiores a $1.000 millones o un patrimonio mayor a $10.000 millones en alguno de los tres años anteriores.
La nueva norma también modificó el criterio utilizado para determinar cuándo existía una discrepancia significativa entre la información declarada por un contribuyente y los datos disponibles para el fisco nacional.
De acuerdo con lo explicado durante el debate, cuando la diferencia detectada alcanzara el 15% o más pero no superara los $5 millones, dejaría de ser considerada una discrepancia significativa. El cambio apuntó a evitar que diferencias de montos reducidos derivaran en inspecciones por parte del organismo recaudador.
La ley también estableció una fecha límite para utilizar los beneficios vinculados con la presunción de exactitud y el denominado tapón fiscal: el 31 de diciembre de 2027, que coincidirá con el último día del actual mandato presidencial.
Según la explicación brindada por Domínguez durante el tratamiento legislativo, quienes pretendieran utilizar esos beneficios deberían hacerlo antes de esa fecha. La medida quedó vinculada con el objetivo oficial de incentivar que los contribuyentes exteriorizaran y utilizaran sus ahorros durante el período restante de la gestión.
El Senado aprobó el traspaso de la Justicia de Menores a CABA
Durante la misma sesión, el Senado también aprobó los acuerdos entre el Estado nacional y la Ciudad de Buenos Aires para transferir competencias relacionadas con la Justicia de Menores y otras áreas penales.
La votación terminó con 44 votos a favor y 21 en contra. Los rechazos correspondieron al bloque Justicialista y a los senadores santiagueños.
El senador libertario salteño Gonzalo Coraita defendió el convenio y sostuvo que la transferencia permitiría concentrar bajo una misma jurisdicción funciones que hasta ese momento se encontraban distribuidas entre Nación y CABA, vinculadas con la prevención, la asistencia social y la sanción de hechos ilícitos.

El acuerdo contempló el traspaso de la Justicia criminal y correccional de menores a la Ciudad. De esta manera, CABA asumiría la investigación y el juzgamiento de delitos no federales cometidos por adolescentes desde los 14 años y hasta las 0 horas del día en que cumplieran 18 años, incluso cuando al momento del juicio ya fueran mayores.
La transferencia también incluyó a adultos que fueran imputados junto con menores por los mismos hechos o por hechos conexos, con el objetivo de mantener una única investigación y un mismo proceso de juzgamiento.
Para los menores de 14 años, el convenio contempló intervenciones judiciales vinculadas con medidas de protección.
El traspaso también generó cuestionamientos desde el peronismo. Capitanich planteó una objeción relacionada con el federalismo fiscal y sostuvo que no debían profundizarse las diferencias entre las jurisdicciones. En ese sentido, señaló que la Ciudad de Buenos Aires no era una provincia, sino el distrito con mayor riqueza del país y con autonomía fiscal y financiera.
Los acuerdos, además, contemplaron la transferencia de recursos para acompañar las nuevas competencias judiciales asumidas por la Ciudad.
