Tras una extensa jornada de debate en la Cámara de Diputados, el oficialismo consiguió otro avance legislativo. Luego de la aprobación de la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, la Cámara baja otorgó la media sanción al proyecto denominado Inocencia Fiscal II, que buscaba ampliar el régimen vigente desde diciembre del año pasado.

La iniciativa recibió 139 votos afirmativos, 110 negativos y dos abstenciones. El proyecto fue presentado como una herramienta destinada a promover la formalización de ahorros que permanecían fuera del sistema financiero y que, según estimaciones difundidas por sectores vinculados al oficialismo, alcanzarían unos USD 179.000 millones. La intención planteada fue que una parte de esos recursos pudiera incorporarse a la economía formal y destinarse a inversiones.
Durante el debate, desde el Gobierno sostuvieron que el objetivo del régimen era establecer una relación diferente entre el Estado y quienes trabajaban, producían, invertían y generaban empleo. Sin embargo, desde el Ministerio de Economía habían considerado que la versión implementada anteriormente no había alcanzado los resultados esperados. Por ese motivo, la nueva propuesta buscó ampliar el universo de personas que podían adherir y sumar precisiones destinadas a reforzar la seguridad jurídica.
Qué cambios incorporó Inocencia Fiscal II

Uno de los principales cambios estuvo relacionado con las condiciones de acceso al régimen. El proyecto eliminó los límites que hasta entonces establecían un máximo de $1.000 millones de ingresos y $10.000 millones de patrimonio para ingresar al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por ARCA.
Con la modificación, cualquier persona que tuviera residencia fiscal en Argentina podría incorporarse al esquema. El mecanismo reemplazaría la declaración jurada tradicional por una presentación simplificada.
La diputada libertaria Laura Rodríguez Machado defendió la iniciativa durante la sesión y sostuvo que el nuevo esquema buscaba generar mayor confianza entre el Estado y los contribuyentes. En ese sentido, planteó que una persona no debía ser considerada sospechosa simplemente por haber decidido proteger sus ahorros.
La legisladora también remarcó que la fiscalización debía continuar enfocada en detectar la evasión, aunque sin transformar a quienes cumplían con sus obligaciones en sospechosos permanentes. Al mismo tiempo, aclaró que la presunción de inocencia tributaria no implicaba perdonar delitos ni impedir que fueran investigados.
Nuevas condiciones para las fiscalizaciones de ARCA
Otro de los aspectos centrales de la iniciativa estuvo vinculado con las facultades de ARCA para cuestionar las declaraciones simplificadas.
El proyecto estableció que el organismo recaudador podría realizar una impugnación cuando encontrara una diferencia de al menos 15% respecto del impuesto determinado. De esta manera, el cálculo ya no se realizaría sobre el saldo final que debía pagar el contribuyente.
La propuesta también incorporó un criterio de razonabilidad. No se consideraría significativa una diferencia cuyo monto nominal fuera igual o inferior al 5% del límite previsto por el Régimen Penal Tributario, equivalente a $5 millones.
Además, se estableció un período de 15 días hábiles para que el contribuyente pudiera corregir la declaración y abonar el saldo correspondiente antes de que se configurara una causal de impugnación.
La iniciativa también determinó que la carga de la prueba quedaría exclusivamente en manos de ARCA. El organismo solamente podría fundamentar sus observaciones a partir de datos declarados, registros de sus sistemas o información proporcionada por terceros.
A su vez, se limitaría el uso de determinadas presunciones. Además de mantener la imposibilidad de utilizar como argumento el incremento patrimonial no justificado, el proyecto impedía hasta el 31 de diciembre de 2027 aplicar la presunción vinculada con depósitos bancarios.
Para las demás presunciones, se exigiría respaldo probatorio externo y no podrían utilizarse de manera aislada para realizar ajustes. De acuerdo con los impulsores de la iniciativa, esta modificación buscaba reducir el margen de discrecionalidad del organismo recaudador frente a los contribuyentes que estuvieran adheridos al régimen.
Beneficios para las MiPyMEs
El proyecto también contempló un beneficio específico para determinados sectores. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), las personas humanas, las sucesiones indivisas y las entidades sin fines de lucro que no fueran consideradas Grandes Contribuyentes Nacionales accederían a una reducción automática del 25% en determinadas multas formales.
La medida fue presentada como parte de los cambios destinados a reducir la carga administrativa y tributaria sobre contribuyentes y organizaciones que no se encontraran dentro del grupo de grandes contribuyentes.
Los funcionarios públicos quedaron afuera
Uno de los cambios incorporados durante el tratamiento en comisión surgió a partir de las negociaciones entre La Libertad Avanza y sus aliados. El oficialismo acordó excluir de manera total e incondicional a los funcionarios públicos de los principales beneficios del régimen.
De esta forma, los representantes de los tres poderes del Estado que hubieran ocupado cargos de alta responsabilidad pública durante los últimos cinco años podrían utilizar el sistema simplificado para presentar su declaración jurada y pagar el saldo correspondiente, pero no tendrían acceso a la presunción de exactitud ni a las demás protecciones tributarias previstas.
En relación con los dólares que no hubieran sido declarados, el proyecto no planteó una amnistía general. La propuesta modificó, en cambio, las condiciones bajo las cuales ARCA podría investigar el patrimonio, con el objetivo declarado de estimular el ingreso de esos activos al circuito formal.
Las críticas de la oposición
Desde los bloques opositores cuestionaron con dureza la iniciativa y sostuvieron que, pese a ser presentada como una reforma para simplificar el sistema tributario, podía beneficiar a personas que hubieran evadido impuestos de manera reiterada.
El diputado Martín Lousteau afirmó que detrás del objetivo de facilitar las declaraciones de los contribuyentes cumplidores existía, según su interpretación, un debilitamiento de las herramientas de ARCA para detectar y perseguir a evasores seriales, narcotraficantes y personas vinculadas con hechos de corrupción.
Lousteau también ironizó sobre el nombre que debería recibir la iniciativa y sostuvo que podía ser denominada como una ley destinada a facilitar la evasión. Incluso utilizó las referencias a Adorni y Espert para cuestionar el proyecto durante su intervención.
En la misma línea, el diputado Ariel Rauschenberger, de Unión por la Patria, sostuvo que la propuesta del Gobierno se acercaba a un blanqueo porque facilitaba la incorporación de fondos que no habían sido declarados al circuito formal y, al mismo tiempo, limitaba las posibilidades de revisión.
Rauschenberger aclaró que su espacio no se oponía a simplificar el sistema tributario ni a que los recursos ingresaran al circuito formal. Tampoco rechazó la posibilidad de establecer garantías para los contribuyentes frente a eventuales arbitrariedades del Estado.
Sin embargo, cuestionó que esos objetivos fueran utilizados, según planteó, para reducir los controles, limitar la trazabilidad y otorgar mayores beneficios a quienes contaban con una mayor capacidad económica.
Con la aprobación en Diputados, Inocencia Fiscal II quedó en condiciones de ser girada al Senado, donde deberá continuar su tratamiento antes de convertirse en ley.
