El Juzgado Federal N° 4 de Rosario dictó el procesamiento de D.E.V., una obstetra de 88 años conocida como “Dolly”, investigada por su presunta participación en maniobras de entrega ilegal de bebés y sustitución de identidades. La resolución incluyó los delitos de supresión y alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años, además de falsedad ideológica de instrumento público.
La causa tiene como víctima a un hombre nacido en 1978 y fue resuelta por el juez federal Carlos Vera Barros, luego de tomarle declaración indagatoria a la acusada. Se trata del primer expediente judicial iniciado contra la profesional a partir de la denuncia de un hombre de 48 años, quien sostuvo que había sido entregado ilegalmente a una familia y que su identidad había sido modificada mediante la elaboración de documentación con información falsa sobre su origen biológico.
A raíz de esa presentación aparecieron otras cuatro denuncias por situaciones de características similares. Esos testimonios impulsaron una investigación independiente que actualmente se encuentra a cargo de la Unidad Fiscal Rosario.
En ese segundo expediente interviene la Oficina de Criminalidad Económica y Trata de Personas, perteneciente al Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario. Allí se analiza la posible responsabilidad de la obstetra en hechos que habrían afectado a por lo menos otras cuatro personas nacidas entre 1968 y 1980.
La acusación por la identidad de un hombre nacido en 1978
Durante la indagatoria correspondiente a la causa actual, la fiscalía le atribuyó a la mujer haber incorporado información falsa en un acta de nacimiento el 9 de septiembre de 1978. Según la imputación, en su condición de obstetra dejó asentado que N.L. y R.N.F. eran los padres biológicos de un recién nacido al que inscribieron con el nombre de R.C.F.
Ese documento fue utilizado posteriormente para gestionar el Documento Nacional de Identidad del niño. Para los investigadores, la maniobra provocó que su identidad original quedara alterada y que se desconociera su verdadera filiación. De acuerdo con la información publicada por el portal Fiscales, el hombre todavía no conoce quiénes fueron sus progenitores biológicos.
Al evaluar la situación procesal de la acusada, el juez Vera Barros entendió que existían elementos suficientes para considerar acreditados los hechos investigados. Entre las pruebas incorporadas al expediente tuvo especial relevancia el acta de nacimiento emitida por el Registro Civil el 31 de mayo de 1979.
En ese documento figuraba que R.C.F. había nacido el 9 de septiembre de 1978 y que N.L. y R.N.F., quienes ya fallecieron, eran sus padres.
Otro elemento determinante fue un análisis genético que el denunciante se realizó en 2014. Los resultados del estudio de ADN descartaron que existiera un vínculo biológico de maternidad y paternidad entre el hombre y las dos personas que aparecían registradas como sus progenitores.
Las denuncias y los testimonios incorporados a la investigación
El expediente también recibió documentación del Ministerio de Justicia de la Nación, a través de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). El organismo informó al juzgado sobre otras siete situaciones que presentaban características similares a las denunciadas por R.C.F.
En esos casos, las personas involucradas también manifestaron dudas sobre sus identidades y sus respectivas partidas de nacimiento llevaban la firma de la obstetra D.E.V.
Al prestar declaración, el hombre que inició la causa aseguró que era víctima de una venta de bebés y sostuvo que había sido adoptado de manera ilegal, con una identidad que no correspondía a su origen biológico.
También recordó lo que sucedió después de conocer los resultados del estudio genético. Según relató, su madre de crianza le contó que, debido a que no podía tener hijos, la familia había acudido a una partera de la zona sur de Rosario. De acuerdo con ese testimonio, la mujer les consiguió el bebé varón que deseaban.
Los investigadores también reunieron declaraciones de personas que conocían a la familia en aquella época. Una vecina recordó que, durante 1978, la mujer que crió al denunciante le había comentado que tenía un bebé. La testigo señaló que la llegada del niño le resultó inesperada, porque no recordaba haber visto a la mujer embarazada.
Otro testimonio aportó detalles sobre los primeros días de septiembre de ese año. Una testigo contó que la madre de crianza la llamó por teléfono y le pidió que fuera hasta su casa porque quería mostrarle algo. Cuando llegó al domicilio, encontró a un recién nacido que presentaba bajo peso.
El allanamiento y los elementos secuestrados en la casa de Dolly
Entre las pruebas que tuvo en cuenta el magistrado también figuraron los objetos incautados durante un allanamiento realizado en febrero de 2026 en la vivienda de la obstetra.
Durante el procedimiento, los investigadores encontraron un certificado de nacido vivo sin completar, el título que acreditaba su formación profesional como obstetra y distintos talonarios de recetas en blanco.
El título había sido expedido por la Universidad Nacional del Litoral en 1958, año en el que la mujer obtuvo la acreditación correspondiente para ejercer su profesión.
Al analizar el conjunto de las evidencias, el juez Carlos Vera Barros consideró que Dolly insertó o hizo incorporar declaraciones falsas en el acta de nacimiento N° 898, letra N, del Registro Civil, correspondiente a la inscripción de R.C.F.
En ese instrumento, la profesional certificó que N.L. y R.N.F. eran los padres biológicos del recién nacido. Esa información permitió que el niño fuera registrado oficialmente con una filiación que, según las pruebas genéticas incorporadas a la causa, no se correspondía con su origen.
El magistrado también valoró que la acusada se desempeñaba como obstetra en una institución pública, una condición que le permitía acceder a documentación oficial destinada a certificar nacimientos.
Para Vera Barros, los elementos reunidos permitieron inferir que la mujer contaba con los conocimientos y los medios materiales necesarios para intervenir en la falsificación de registros de nacimientos, entregar certificados a personas que no habían cursado un embarazo y asignar filiaciones biológicas falsas a recién nacidos.
Según la resolución judicial, ese mecanismo habría provocado que la identidad del niño quedara incierta, alterada y suprimida.
Finalmente, el juez federal dispuso el procesamiento de D.E.V. como autora de los delitos de supresión y alteración del estado civil de menores de diez años y falsedad ideológica de instrumento público. Además, ordenó un embargo sobre sus bienes por un monto de 10 millones de pesos.
La medida se dictó en el marco de una investigación que, además del caso que dio origen al expediente, continúa avanzando sobre otras denuncias que podrían revelar situaciones similares vinculadas con la actuación de la obstetra en Rosario.
