La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la extradición a Paraguay de Ramón Luis Fernández, un ciudadano argentino que era requerido por la Justicia de ese país para ser sometido a un proceso por un presunto caso de abuso sexual infantil.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti ratificaron el fallo del Juzgado Federal N°1 de Corrientes, que había autorizado la extradición del acusado para que enfrentara en Paraguay el proceso previsto en el artículo 135 del Código Penal de ese país.
La defensa oficial había apelado aquella resolución y cuestionado la decisión de entregar a Fernández a las autoridades paraguayas. En sentido contrario, el Procurador General de la Nación interino había solicitado que se confirmara el fallo de primera instancia.
Entre los argumentos planteados por la defensa figuró la supuesta imprecisión de la denuncia. Además, los abogados expresaron preocupación por las condiciones de detención que Fernández podría afrontar una vez trasladado a Paraguay y solicitaron que la extradición fuera rechazada.
Sin embargo, la Corte Suprema desestimó esos planteos al entender que no se había demostrado la existencia de un riesgo concreto para el acusado.
El máximo tribunal sostuvo que los argumentos presentados por la defensa se apoyaban en generalizaciones y que no se había acreditado que, en caso de ser extraditado, Fernández estuviera expuesto de manera cierta y actual a un trato cruel, inhumano o degradante.
En ese sentido, los magistrados señalaron que Paraguay contaba con mecanismos de protección tanto nacionales como supranacionales que podrían intervenir para controlar las condiciones de detención que preocupaban a la defensa.
El fallo también analizó que las autoridades paraguayas no habían contestado un pedido de información realizado por el juez argentino de primera instancia sobre las condiciones de encarcelamiento. No obstante, la Corte destacó que posteriormente fue la propia defensa la que solicitó que el debate sobre ese punto continuara pese a la falta de respuesta.
Para los jueces, esa conducta resultó contradictoria con el cuestionamiento posterior realizado contra la sentencia. En ese marco, recordaron que la buena fe procesal exigía mantener coherencia en el comportamiento durante el proceso.
Fernández también había pedido ser juzgado en la Argentina debido a su nacionalidad. Ante esa solicitud, el juez de la causa había dispuesto comunicar el planteo al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación para que fuera evaluado.
Sobre ese aspecto, la Corte Suprema aclaró que no le correspondía intervenir en la decisión, ya que la posibilidad de que Fernández fuera juzgado en la Argentina quedaba exclusivamente en manos del Poder Ejecutivo Nacional.
El máximo tribunal tampoco se pronunció sobre el pedido formulado por la defensa para que la entrega a Paraguay fuera postergada debido a la edad y al estado de salud del acusado.
Como parte de la resolución, los jueces ordenaron que el magistrado argentino informara a su par paraguayo el período durante el cual Fernández permaneció privado de su libertad durante el trámite de extradición. Ese tiempo deberá ser considerado por las autoridades del país que solicitó su entrega.
El caso
Ramón Luis Fernández fue detenido el 5 de diciembre de 2022 en la vivienda de un hermano, ubicada en el barrio 17 de Agosto de la ciudad de Corrientes. La detención se produjo a partir del pedido de extradición realizado por la Justicia paraguaya.
De acuerdo con la circular roja de Interpol, Fernández estaba acusado de haber abusado presuntamente en reiteradas oportunidades de un menor de 12 años durante 2021.
La investigación comenzó a partir del relato de la madre del niño. Según su testimonio, el menor le había pedido autorización para ir a jugar a la casa de un amigo. Cuando regresó, le contó que Fernández había intentado tocarle sus partes íntimas y que había conseguido escapar de la vivienda.
El niño manifestó además que no se trataba de un episodio aislado y relató otros hechos en los que los abusos presuntamente se habían concretado. También afirmó que el acusado le mostraba videos pornográficos y que lo amenazaba con matar a su madre si contaba lo ocurrido.
En noviembre de 2023, el Juzgado Federal N°1 de Corrientes concedió la extradición de Fernández y rechazó un pedido de excarcelación presentado por su defensa.
La resolución fue apelada ante la Corte Suprema. Esa presentación judicial impidió hasta ahora que se concretara el traslado del acusado a Paraguay.
La situación procesal de Fernández también había sido analizada por la Cámara Federal de Casación Penal en relación con su detención.
En abril de 2025, la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes había ordenado su excarcelación. Entre los elementos considerados figuraron el tiempo que llevaba detenido, su edad y sus problemas de salud.
Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló posteriormente esa decisión. Los jueces consideraron que no se habían evaluado de manera adecuada los riesgos procesales relacionados con la gravedad del delito, la pena que podría corresponderle y la existencia del pedido de extradición que todavía estaba pendiente de resolución ante la Corte Suprema.
Con la confirmación del máximo tribunal, quedó firme la decisión que autorizó la extradición de Ramón Luis Fernández a Paraguay para que sea sometido al proceso judicial requerido por las autoridades de ese país.
