El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta condenó a dos ex cajeros del Banco Nación por sustraer dinero de clientes que realizaban depósitos en la sucursal de Orán. Silvia Verónica Castro recibió una pena de dos años de prisión en suspenso, mientras que Fernando Horacio Arias Knudsen fue condenado a seis meses, también de cumplimiento condicional.
El juez Domingo Batule los consideró responsables del delito de estafa en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Además de las penas de prisión, ambos quedaron inhabilitados para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de sus respectivas condenas. De esta manera, Castro recibió una inhabilitación de cuatro años y Arias Knudsen no podrá ocupar cargos públicos durante un año.
La resolución también estableció que los dos condenados debían permanecer durante dos años bajo el control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. Entre las reglas de conducta impuestas también figuró la obligación de abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
La información sobre la sentencia fue difundida por el Ministerio Público Fiscal, que intervino durante el juicio a través del fiscal federal Marcos Romero, titular de la Sede Fiscal Descentralizada Orán.
La investigación había detectado inicialmente 22 maniobras realizadas durante 2023. De ese total, 20 fueron atribuidas a Castro y otras dos a Arias Knudsen. Finalmente, el tribunal consideró acreditados 18 hechos: 17 correspondieron a la exempleada y uno a su pareja.
La modalidad utilizada consistía en retirar algunos billetes de los fajos que los clientes entregaban para realizar depósitos. Castro llevaba el dinero hacia una máquina contadora que se encontraba fuera del campo visual de quienes efectuaban las operaciones y, en determinadas ocasiones, escondía los billetes dentro de un folleto publicitario del banco.
Las sustracciones se producían en distintos momentos del procedimiento. En algunos casos, el dinero era retirado antes de que el efectivo pasara por la máquina contadora, mientras que en otros la maniobra ocurría después de una primera contabilización. La distribución de las cajas y la existencia de un vidrio esmerilado dificultaban que los clientes pudieran observar con claridad lo que sucedía.
Entre las personas afectadas se encontraban principalmente clientes habituales de la sucursal que realizaban depósitos por montos importantes. También aparecieron representantes de empresas de la zona. Cuando los clientes advertían que existía una diferencia entre el dinero entregado y el monto depositado, varios consideraban que habían cometido un error al contar los billetes y cubrían el faltante sin efectuar una denuncia o reclamo.
La maniobra, conocida como “pellizco” dentro de la jerga policial, quedó expuesta el 17 de noviembre de 2023. Ese día, un compañero de trabajo de Castro observó que la mujer retiraba billetes de uno de los depósitos y los colocaba dentro de un folleto. Luego revisó el material y encontró allí el dinero que había sido separado del fajo.
Después de ese episodio, las autoridades del Banco Nación revisaron las cámaras de seguridad de la sucursal. Las grabaciones disponibles desde el 19 de julio de 2023 permitieron detectar otras operaciones que presentaban características similares y terminaron dando lugar a la denuncia penal.
Durante el juicio se reprodujeron los registros de las cámaras y prestaron declaración varios clientes que habían sufrido faltantes en sus depósitos. Algunos de ellos señalaron que no habían advertido que parte del dinero había sido retirado y que, hasta conocer la investigación, habían atribuido las diferencias a posibles errores propios.
Los dos acusados negaron haber cometido las maniobras y sostuvieron que la acusación se había originado en conflictos laborales existentes dentro de la sucursal. El juez Batule no aceptó esa explicación y consideró, entre otros aspectos, el abuso de confianza que había existido respecto de los clientes y el impacto que los hechos habían provocado sobre la imagen de la entidad bancaria.
Durante los alegatos, el fiscal Romero había solicitado una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso para Castro y de un año para Arias Knudsen. La sentencia finalmente estableció penas inferiores a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal, aunque mantuvo la calificación legal sostenida por la acusación.
Los clientes que resultaron damnificados quedaron habilitados para iniciar los reclamos correspondientes por los perjuicios que habían sufrido como consecuencia de las maniobras.

El juicio había comenzado el 7 de agosto y finalizó durante esta semana con el dictado de la sentencia. Uno de los aspectos destacados durante el proceso fue la extensa trayectoria de Castro en la sucursal: la exempleada llevaba más de 30 años trabajando en esa dependencia del Banco Nación.
Durante su alegato, el fiscal también sostuvo que ninguno de los acusados atravesaba una situación de necesidad económica que pudiera explicar las conductas investigadas. Para respaldar esa consideración, mencionó un informe que señalaba que ambos vivían en una vivienda de importantes dimensiones, ubicada en un barrio considerado de buen nivel, donde además funcionaba un comercio dedicado a la venta de piscinas y productos de limpieza.
Romero sostuvo que los ingresos provenientes de esa actividad comercial, sumados a los salarios que percibían los acusados, reflejaban una situación económica favorable. En esa línea, el juez Batule concluyó en su resolución que “solo la necesidad de lucro es lo que los ha motivado a cometer estos hechos”.
