Autotransportes Andesmar S.A. recibió una condena de la Justicia de Río Negro por el trato que recibió uno de sus pasajeros durante un viaje. La empresa deberá afrontar una indemnización que incluyó un concepto de daño punitivo, luego de que se considerara acreditada una situación de trato indigno.
La resolución fue dictada por el Juzgado de Paz de Sierra Grande y difundida en septiembre de 2025. El expediente reconstruyó las distintas situaciones que atravesó el pasajero durante el recorrido, que comenzó con una demora de una hora en la ciudad de Cipolletti.
El viaje continuó con otro inconveniente al mediodía, cuando el colectivo quedó detenido a unos 15 kilómetros de Chimpay debido a la falta de combustible. Según quedó establecido en la causa, durante varias horas los pasajeros permanecieron en el lugar sin agua y sin posibilidades de mantener comunicación.
La situación se extendió durante buena parte de la jornada, hasta que otra unidad llegó para continuar con el traslado. El recorrido se retomó cerca de las 22, aunque los inconvenientes para el pasajero no terminaron allí.
Ya durante la madrugada, el colectivo pasó de largo por el parador en el que el hombre tenía previsto descender. Ante el reclamo por lo ocurrido, el pasajero denunció que fue insultado y que terminó obligado a bajar en plena ruta.
Además, según la reconstrucción realizada en la sentencia, el hombre quedó sin su valija y recibió amenazas por parte de un chofer que en ese momento no se encontraba de servicio. La situación fue considerada por la Justicia como un episodio que excedió los inconvenientes propios de un viaje y configuró un trato indigno hacia el usuario.
Luego de lo ocurrido, la empresa negó los hechos ante las oficinas de Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. Andesmar también ofreció una compensación económica, pero el pasajero decidió rechazarla.
La instancia de mediación tampoco permitió alcanzar un acuerdo entre las partes, por lo que el reclamo continuó por la vía judicial. En ese proceso, la jueza interviniente consideró que se encontraba acreditada la relación de consumo entre el pasajero y la empresa de transporte.
A partir de los elementos incorporados al expediente, la Justicia de Río Negro condenó a Autotransportes Andesmar S.A. a pagar una indemnización de 1.400.000 pesos en concepto de daño directo, además de 200.000 pesos por daño extrapatrimonial.
A esos montos se sumaron otros 200.000 pesos correspondientes al daño punitivo, una figura destinada a sancionar determinadas conductas especialmente reprochables dentro de una relación de consumo. La sentencia también contempló la aplicación de intereses.
El fallo se incorporó así a los antecedentes vinculados con la empresa en expedientes relacionados con situaciones de consumo, particularmente aquellas vinculadas con viajes, pasajes y equipaje. En este caso, la condena se fundamentó en las condiciones que atravesó el pasajero durante el recorrido y en la consideración judicial de que recibió un trato indigno.
