La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 15 años de prisión contra Jorge Daniel Barceló, un subprefecto de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que había sido condenado por abusar sexualmente de una subordinada en Misiones.
La decisión se produjo luego de que el máximo tribunal declarara inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa del acusado. De esa manera, quedó confirmada la sentencia dictada durante el año anterior por el Tribunal Oral Federal de Posadas, que también estableció la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
En la resolución adoptada la semana anterior, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti entendieron que la presentación realizada por los abogados defensores de Barceló no reunía los requisitos formales establecidos para esa clase de recursos.
Barceló se había desempeñado como jefe de la Estación de Salvamento, Incendio y Protección Ambiental (SIPA) de Posadas, dependiente de la Prefectura Naval Argentina.
Durante el proceso judicial, y en coincidencia con los argumentos planteados por la fiscalía, el tribunal puso especial atención en el contexto en el que se desarrollaron los hechos. Los magistrados determinaron que el caso había expuesto un patrón sistemático de violencia de género, hostigamiento laboral y abuso de autoridad.
También se consideró especialmente la asimetría de poder existente entre el condenado y la víctima dentro de la estructura jerárquica de la fuerza de seguridad.
Como consecuencia de lo determinado durante el juicio, la Justicia también había dispuesto una indemnización por los daños materiales y morales ocasionados a la víctima.
A su vez, se había establecido que la Prefectura Naval Argentina debía realizar una revisión administrativa obligatoria de las sanciones que le habían impuesto a la mujer, además de avanzar con la restitución de sus derechos y antecedentes dentro de la institución.
Durante su alegato, el Ministerio Público Fiscal (MPF) había hecho especial énfasis en el contexto institucional en el que se produjeron las agresiones. La acusación sostuvo que el prefecto se había valido de la estructura jerárquica de la fuerza y de la posición de poder que ocupaba frente a su subordinada.
El fiscal interino Pablo Ricardo Di Loreto, en el marco de la actuación de la Fiscalía ante el Tribunal Oral, señaló que Barceló había actuado con impunidad aprovechándose de un ámbito caracterizado por una estricta jerarquía y una marcada desigualdad de poder.
Según sostuvo la fiscalía durante el proceso, esa situación permitió que la víctima fuera sometida de manera sostenida a episodios de violencia laboral, psicológica y sexual dentro de una fuerza de seguridad caracterizada por una estructura vertical.
La Fiscalía ante el Tribunal Oral se encontraba por entonces a cargo de la fiscal general Barbosa, mientras que Di Loreto había intervenido como fiscal interino en el caso.
La condena también contempló otra medida que debía concretarse una vez que la sentencia adquiriera firmeza. El tribunal había ordenado la extracción del perfil genético de Barceló para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.
La muestra deberá ser remitida conforme a lo establecido por la Ley N° 26.879, normativa que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Con el rechazo del recurso de queja por parte de la Corte Suprema, quedaron agotadas las posibilidades de esa presentación y se mantuvo la resolución del Tribunal Oral Federal de Posadas, por lo que el subprefecto deberá cumplir la pena de 15 años de prisión y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
