La Corte Suprema de Justicia dio curso a una demanda presentada por la provincia de Chubut contra el Estado Nacional, en la que se pone en cuestión la validez de dos leyes del marco regulatorio eléctrico que, según la administración provincial, afectan su control sobre los recursos naturales y la operación de la central hidroeléctrica Futaleufú.
La acción fue impulsada por el gobernador Ignacio Torres junto al fiscal de Estado Andrés Giacomone, con el objetivo de declarar la inconstitucionalidad de las leyes 15.336 y 24.065.
En la presentación, la provincia sostiene que ambas normas afectan “en forma manifiestamente ilegal y arbitraria” su derecho sobre los recursos naturales de su territorio, incluyendo los cursos de agua. Además, argumentó que posee la única potestad para decidir sobre la concesión, prórroga o explotación de la central Futaleufú, cuya concesión original, otorgada en 1995 a la empresa Aluar, vence en junio de 2025. En septiembre pasado, el Gobierno Nacional prorrogó temporalmente dicha concesión por 90 días para permitir una nueva licitación y asegurar la continuidad operativa de la central.
La Corte Suprema declaró su competencia originaria en el expediente y los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dieron vista al Estado Nacional para que responda la demanda en un plazo de 60 días, de acuerdo con los artículos 319 y 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, se dispuso la intervención del Ministerio de Economía.
“De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, la presente causa corresponde a la competencia originaria de esta Corte”, indicaron los magistrados, quienes también señalaron que la medida cautelar solicitada por Chubut será analizada una vez que el Estado Nacional presente su contestación.
La central hidroeléctrica Futaleufú, ubicada en el noroeste de Chubut, fue construida en 1994 para abastecer de energía a la planta de aluminio de Aluar en Puerto Madryn y constituye una de las principales fuentes de generación eléctrica de la región.








