La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una condena de 14 años de prisión contra un hombre que había sido acusado de contactar a menores mediante perfiles falsos en internet con el objetivo de obtener imágenes y videos de contenido sexual para luego utilizarlos como mecanismo de amenaza y extorsión.
La decisión fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron la apelación presentada por la defensa al considerar que el planteo no contaba con una fundamentación autónoma suficiente respecto de la pena impuesta.
La condena había contemplado distintos delitos, entre ellos tenencia y producción de material de explotación sexual infantil, grooming, coacción agravada, promoción a la corrupción de menores, abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante.
Cómo actuaba el condenado
De acuerdo con la investigación judicial, el hombre había establecido contacto con al menos una docena de niñas de entre 7 y 17 años, pertenecientes a distintas provincias argentinas y también a otros países.
Para aproximarse a ellas, recurría a perfiles falsos y se presentaba como una mujer joven. En determinados casos, utilizaba supuestas propuestas vinculadas con el modelaje, la participación en películas o sorteos con premios como estrategia para generar confianza y conseguir que las víctimas enviaran imágenes y videos de carácter sexual.
Una vez que obtenía ese material, lo utilizaba para amenazar y extorsionar a las menores. Según la causa, les exigía que enviaran nuevos contenidos o realizaran actos de carácter sexual bajo la advertencia de difundir aquello que ya se encontraba en su poder.
Durante un allanamiento realizado en el domicilio del condenado, los investigadores secuestraron 1.220 imágenes de mujeres y niñas en situaciones sexuales explícitas, además de numerosas tarjetas SIM que, según la investigación, eran utilizadas para mantener sus contactos.
El recorrido judicial de la causa
El proceso judicial había comenzado a tener una definición concreta en mayo de 2021, cuando la Cámara en lo Criminal y Correccional N.º 2 de Córdoba condenó al acusado a 14 años de prisión mediante un juicio abreviado.
Posteriormente, en diciembre de 2023, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el recurso de casación presentado por la defensa. En esa instancia, los magistrados también habían considerado, entre otros elementos, las consecuencias psicológicas que los hechos habían generado en las víctimas.
Tras esa decisión, la defensa llevó el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y cuestionó la valoración efectuada por los tribunales cordobeses.
Sin embargo, el máximo tribunal rechazó el planteo al considerar que la apelación no había presentado fundamentos suficientes y, de esa manera, la condena de 14 años de prisión quedó firme.
