El Tribunal de Impugnación de Salta revocó las salidas transitorias otorgadas a un hombre condenado por el intento de homicidio de su pareja, luego de hacer lugar a la apelación presentada por la Fiscalía y determinar que existían indicadores desfavorables para conceder ese beneficio.
La medida dejó sin efecto la resolución dictada el 29 de abril de 2026 por el Juzgado de Ejecución, que había autorizado las salidas transitorias.
Durante una audiencia realizada este martes, el fiscal Ramiro Ramos Ossorio apeló la decisión del Juzgado de Ejecución que había concedido el beneficio a Juan Marcelo Matorras, condenado por el delito de tentativa de femicidio.
Desde la Fiscalía manifestaron su desacuerdo con la resolución al considerar que no se habían valorado correctamente los informes interdisciplinarios incorporados al expediente, en especial aquellos que desaconsejaban el otorgamiento de las salidas transitorias.
En el marco de la audiencia, el Tribunal de Impugnación, integrado por los jueces Eduardo Barrionuevo, Federico Javier Armiñana Dohorman y Guillermo Akemeier, hizo lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y declaró la nulidad de la resolución.
Asimismo, de acuerdo con lo informado por el Ministerio Público Fiscal de Salta, se ordenó el reenvío de las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre el caso.
Al fundamentar su decisión, los magistrados sostuvieron que la resolución apelada había realizado una valoración insuficiente de las pruebas incorporadas durante la etapa de ejecución de la condena, especialmente de los informes interdisciplinarios y de las evaluaciones psicológicas elaboradas por el Servicio Penitenciario.
Según señalaron, esos informes contenían indicadores desfavorables sobre el proceso de resocialización del condenado y, por ese motivo, desaconsejaban la concesión del beneficio de las salidas transitorias.
Como consecuencia de la decisión, el Tribunal dispuso remitir el expediente a la Oficina Judicial para que se actualicen de manera inmediata los informes técnicos correspondientes. Además, autorizó a la defensa a incorporar un informe psicológico elaborado por un profesional de parte.
Una vez cumplidas esas medidas, el Juzgado de Ejecución deberá emitir un nuevo pronunciamiento sobre la procedencia o no del beneficio de salidas transitorias dentro del plazo de treinta días.
