La Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos de queja interpuestos por los exsecretarios judiciales Pablo Carlos Molina y Federico Alberto Grau, quienes fueron condenados junto al exjuez federal de Corrientes Carlos Soto Dávila en el expediente que investigó una estructura destinada a favorecer a narcotraficantes mediante decisiones judiciales a cambio de coimas.
El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, consideró que los planteos de las defensas no estaban dirigidos contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal, por lo que resolvió desestimarlos y dejó firme esa decisión procesal. La resolución se enmarca en la revisión de las condenas dictadas en la causa que investigó maniobras para beneficiar a organizaciones dedicadas al narcotráfico mediante resoluciones judiciales a cambio de dinero.
Carlos Soto Dávila estuvo al frente del Juzgado Federal N.º 1 de Corrientes durante 22 años y presentó su renuncia en febrero de 2019, cuando ya era investigado por presuntamente favorecer a narcotraficantes. Según sostuvo la fiscalía, el exmagistrado encabezó una asociación ilícita que intervenía en diferentes expedientes para negociar resoluciones favorables, demorar decisiones judiciales o conceder libertades, faltas de mérito y exenciones de prisión a cambio de dinero u otros beneficios.
En junio de 2023, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó por mayoría a Soto Dávila a seis años de prisión por tres hechos de cohecho pasivo agravado por su condición de magistrado, en concurso ideal con tres hechos de prevaricato, todos en concurso real.
En la misma sentencia, Pablo Carlos Molina fue condenado a cinco años de prisión y Federico Alberto Grau a cuatro años, al ser considerados receptores de dinero y partícipes del delito de prevaricato. Además, en el expediente también recibieron condenas varios abogados y narcotraficantes involucrados en la maniobra.
Posteriormente, a fines de 2024, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revisó las apelaciones y, a pedido de la fiscalía, agravó las condenas al incorporar el delito de asociación ilícita. Como consecuencia, ordenó remitir nuevamente el expediente al Tribunal Oral Federal de Corrientes para que determinara los nuevos montos de las penas.
Frente a esa resolución, las defensas de Molina y Grau presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema. Sin embargo, el máximo tribunal desestimó ambos planteos al entender que no cumplían con los requisitos necesarios para su tratamiento, por lo que la decisión quedó firme.
