Un coordinador de un viaje de egresados fue sobreseído en la causa que investigaba la muerte de un adolescente ocurrida en octubre de 2022. Se trató de Ezequiel Castaño, quien tenía 19 años al momento del fallecimiento de Tomás Octavo, de 17, y participaba del viaje como coordinador en formación.
El adolescente había comenzado a presentar fiebre elevada y dolores corporales durante su estadía en Bariloche. Su estado de salud se agravó luego de regresar a San Justo, en la provincia de Buenos Aires, donde murió días más tarde como consecuencia de una falla multiorgánica.
A partir del fallecimiento se inició una investigación judicial que durante este año tuvo distintas resoluciones. Entre ellas se encontraron el sobreseimiento de Castaño y la condena de una médica que intervino en la atención del joven. Además, otros empleados vinculados a la empresa que organizó el viaje continúan siendo investigados.
La Justicia de San Carlos de Bariloche entendió que no existían pruebas suficientes para responsabilizar penalmente a Castaño. Los investigadores tuvieron en cuenta, entre otros aspectos, que ocupaba un puesto de menor jerarquía y que todavía se encontraba en proceso de formación.
Castaño había realizado su primer viaje como coordinador “en formación” para la empresa Traveldance. De acuerdo con lo establecido en el expediente, no tenía responsabilidades vinculadas con la dirección o supervisión del contingente de estudiantes.
Otros coordinadores continúan bajo investigación
El sobreseimiento no alcanzó al resto de los trabajadores que estaban involucrados en el viaje. La investigación continuó sobre otros coordinadores, entre ellos Diego Cañete, quien sí tenía a su cargo las directivas dentro del grupo de estudiantes.
Uno de los puntos centrales de la pesquisa estuvo relacionado con la atención que recibió Octavo mientras presentaba síntomas. De acuerdo con la investigación, sus compañeros habían solicitado que fuera trasladado a un centro de salud de Bariloche, pero ese traslado finalmente no se concretó.
El adolescente fue atendido únicamente por una médica que se encontraba en el hotel donde se alojaban los estudiantes. Para los investigadores, esa situación formó parte de una “cadena de omisiones que incidió en la evolución del cuadro”.
La condena a la médica
En mayo de este año, la médica Ana Carlín fue condenada en el marco de la misma causa. La profesional recibió una pena de tres años de prisión condicional y diez años de inhabilitación especial para ejercer medicina clínica y realizar guardias médicas.
La condena se produjo luego de que Carlín reconociera su responsabilidad penal en el homicidio culposo de Tomás Octavo.
En la causa se sostuvo que la muerte del adolescente había sido “evitable” y que una atención médica realizada de manera oportuna habría incrementado sus posibilidades de sobrevida.
De esta manera, mientras Castaño quedó desvinculado de la investigación penal por decisión judicial, el expediente continuó abierto respecto de otros coordinadores, ante la sospecha de posibles “omisiones de cuidado” durante el viaje de egresados que terminó con la muerte del estudiante.
