El Juzgado Federal de Río Grande hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Unidad Fiscal Río Gallegos y ordenó a la Municipalidad de El Chaltén cumplir durante 90 días con una serie de restricciones sobre el funcionamiento de un centro de residuos, a raíz de una investigación por una presunta contaminación del río Fitz Roy.
La resolución fue dictada por la jueza Mariel Borruto y se produjo en el marco de una investigación desarrollada por el Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos, a cargo del fiscal federal interino Julio Zárate. El expediente se centró en una presunta infracción a la Ley 24.051 vinculada con el funcionamiento del Centro de Acopio de Residuos Reciclables Inorgánicos (CARRI).
La investigación incluyó una inspección realizada por la Prefectura Naval Argentina, que tomó muestras del suelo del predio donde funcionaba el centro. Las actuaciones judiciales también contemplaron relevamientos sobre la zona en la que se encontraba ubicado el establecimiento y su cercanía con el río Fitz Roy.

A pedido del fiscal, la magistrada estableció que durante un período de 90 días quedaría prohibida cualquier actividad que excediera las funciones específicas de acopio, selección, compactación, acondicionamiento y transferencia de residuos inorgánicos recuperables, siempre que se tratara de materiales limpios y secos.
La medida también dispuso el cese inmediato de cualquier forma de disposición final de residuos dentro del CARRI. La prohibición alcanzó el enterramiento, la cobertura con tierra, la quema, el abandono, la descarga, el vuelco y la dispersión de materiales.
En particular, la resolución impidió el ingreso de residuos orgánicos, peligrosos o especiales de generación universal destinados a su disposición o permanencia sobre suelo natural dentro del predio.
Otra de las restricciones establecidas estuvo relacionada con las actividades que pudieran generar derrames o liberar sustancias contaminantes. En ese sentido, se ordenó suspender el lavado de camiones, el mantenimiento mecánico, el cambio de aceites y combustibles, además de cualquier otra operación capaz de generar la liberación de hidrocarburos, grasas o efluentes sobre superficies que no estuvieran impermeabilizadas y que no contaran con sistemas adecuados de recolección y contención.
Según se detalló en la resolución, dentro de las 48 horas también debía realizarse el aislamiento físico y la correspondiente señalización de distintos sectores identificados durante la investigación.
La medida comprendió las zonas donde se encontraron recipientes que contenían combustibles, aceites y sustancias grasas, además de los sectores donde se detectaron derrames, los puntos relacionados con las muestras obtenidas durante las inspecciones y las áreas ubicadas en las proximidades de la vera del río Fitz Roy.
El procedimiento alcanzó al propio Centro de Acopio de Residuos Reciclables Inorgánicos, sobre el cual quedaron establecidas las restricciones mientras avanzaba la investigación judicial.

Además, la Justicia fijó un plazo máximo de diez días para que los elementos involucrados fueran inventariados, envasados y correctamente rotulados. Luego debían ser retirados del lugar y entregados a transportistas y operadores que contaran con las habilitaciones correspondientes.
La entrega debía realizarse con la documentación y los manifiestos exigidos para este tipo de operaciones, de acuerdo con lo establecido en la resolución judicial.
Finalmente, la medida cautelar también prohibió realizar modificaciones sobre el terreno y los residuos ubicados en las zonas que formaban parte de la investigación. La restricción alcanzó cualquier tarea de remoción, relleno, excavación, traslado o alteración del suelo y de los residuos existentes.
La única excepción contemplada correspondió a aquellas intervenciones urgentes de contención o retiro que hubieran quedado expresamente previstas dentro de la propia medida judicial.
