Edith Navarro, hija de un reconocido referente de la barra de Rosario Central, fue condenada en un juicio abreviado por ocultar un teléfono celular considerado una prueba clave en la investigación por los asesinatos de Andrés “Pillín” Bracamonte y Daniel “Rana” Attardo, ocurridos en noviembre de 2024.
La resolución fue dictada por la jueza de primera instancia Hebe Marcogliese, quien homologó el acuerdo abreviado impulsado por el fiscal Ignacio Hueso y aceptado por la defensa. En ese marco, Leila Edith Estefanía Navarro, de 36 años, recibió una condena de un año y seis meses de prisión efectiva, además de una multa.
La sentencia la encontró responsable por los delitos de encubrimiento de hurto calamitoso, encubrimiento agravado por la gravedad del delito precedente, falso testimonio y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, en calidad de autora y coautora.
Si bien la pena establecía el cumplimiento efectivo de la prisión, la magistrada consideró que la condena ya había sido cumplida debido al tiempo que Navarro permaneció bajo prisión preventiva, por lo que ordenó su inmediata libertad.
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 9 de noviembre de 2024, alrededor de las 22.00. Según la acusación, Navarro recibió una riñonera negra en las inmediaciones de la rampa de acceso para vehículos del Hospital Centenario, ubicado sobre calle Urquiza al 3100, en Rosario. En su interior había distintas pertenencias y un teléfono celular que pertenecían a Daniel Attardo.
La pesquisa determinó que la riñonera y una campera gris oscura habían sido sustraídas de la camioneta de Attardo por los primos Marcelo Martínez, quien ya fue condenado, y L.M., actualmente imputado. Además, se estableció que el celular fue tomado por L.M. luego de que cayera del bolsillo de la víctima en el sector de guardia del hospital.
La Fiscalía también sostuvo que Navarro realizó maniobras destinadas a entorpecer la investigación mediante la ocultación y desaparición de pruebas relevantes, pese a conocer que el teléfono contenía información de importancia para el esclarecimiento de los homicidios de Bracamonte y Attardo.
Asimismo, se le atribuyó que el 15 de noviembre de 2024, al prestar declaración testimonial bajo juramento, omitió informar que el celular y las demás pertenencias le habían sido entregados el mismo día de los hechos por Marcelo Martínez y L.M.
Finalmente, la condena también incluyó la tenencia ilegal de un revólver calibre 32 largo, con tambor volcable para seis proyectiles y cargado con cinco cartuchos calibre 32 con inscripción SW. El arma no estaba registrada ante la ANMAC y Navarro carecía de la autorización legal correspondiente para poseerla.
