La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las condenas contra dos mujeres que fueron responsabilizadas por la emboscada que terminó con el asesinato del financista Walter Molina en un departamento del barrio porteño de Almagro.
La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron por inadmisible el planteo presentado por las defensas de Julieta Antonella Lacivitta y Estefanía Romero.
Lacivitta recibió una pena de 14 años de prisión por el delito de homicidio en ocasión de robo agravado por el uso de un arma de fuego. En tanto, Romero fue condenada a cinco años de prisión como partícipe primaria del hecho.
Cómo ocurrió el crimen del financista en Almagro
El asesinato ocurrió el 19 de noviembre de 2022, cuando Walter Molina, de 34 años, fue convocado a un departamento ubicado sobre la avenida Díaz Vélez para concretar una operación de compra y venta de dólares.
Molina trabajaba desde hacía años como financista y, de acuerdo con la investigación, la operación cambiaria que lo llevó hasta ese lugar formó parte de una emboscada preparada para robarle.
La convocatoria fue realizada por una mujer que utilizaba el nombre de “Camila”. Esa identidad correspondía, según la investigación, a Julieta Antonella Lacivitta, quien ya había citado anteriormente a Molina en ese mismo departamento para realizar operaciones de compra de dólares.
Cuando el financista ingresó al inmueble, fue atacado por Eduardo “Calabaza” Ajalla Cabrera, novio de Estefanía Romero y señalado como integrante de la barrabrava del club Atlanta.
Según la acusación, Cabrera golpeó a Molina y luego le disparó en el tórax con una pistola calibre 9 milímetros.
Después del ataque, los responsables escaparon con el dinero. Para la huida utilizaron un vehículo perteneciente a Romero, que permaneció en las inmediaciones del lugar, de acuerdo con lo establecido durante la investigación.
Las condenas y la decisión de la Corte Suprema
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 12 fue el encargado de juzgar el caso y condenó a Lacivitta y Romero por sus respectivas responsabilidades en el crimen.
La resolución posteriormente fue confirmada por la Cámara Nacional de Casación Penal. Ante esa situación, las defensas de las dos mujeres llevaron el reclamo hasta la Corte Suprema mediante un recurso de queja.
El máximo tribunal rechazó el planteo por inadmisible y, de esa manera, las condenas quedaron firmes. La decisión se tomó mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Así, Lacivitta mantuvo la pena de 14 años de prisión por el homicidio en ocasión de robo agravado por la utilización de un arma de fuego, mientras que Romero conservó la condena de cinco años como partícipe primaria.
La situación de Eduardo “Calabaza” Ajalla Cabrera
Eduardo “Calabaza” Ajalla Cabrera fue el tercer acusado por el asesinato de Walter Molina. Al momento del juicio contra Lacivitta y Romero se encontraba prófugo, aunque posteriormente fue detenido en 2023.
Sin embargo, el acusado volvió a escapar el 9 de febrero de 2025, cuando se fugó junto con otros cinco presos de la Comisaría 6A de la Ciudad de Buenos Aires.
La dependencia policial estaba ubicada en avenida Díaz Vélez 5100. De acuerdo con la información del caso, los internos lograron concretar la fuga luego de maniatar al jefe de servicio.
La captura de Cabrera se produjo posteriormente, después de una persecución policial que incluyó un tiroteo y en la que murió uno de sus cómplices.
El procedimiento permitió finalmente localizar al acusado cuando se cumplían cuatro años del crimen de Walter Molina, ocurrido en noviembre de 2022.
Con la resolución de la Corte Suprema, las condenas contra Julieta Antonella Lacivitta y Estefanía Romero quedaron firmes por su participación en el hecho que terminó con la vida del financista en un departamento de Almagro.
