El Ministerio Público Fiscal de Río Negro formuló cargos contra un funcionario de la Municipalidad de San Antonio Oeste, acusado de utilizar una tarjeta destinada al pago de combustible oficial durante un viaje de carácter particular, mientras se encontraba de licencia.
El fiscal Gustavo Arbues explicó durante la audiencia que el episodio investigado se produjo entre el 20 y el 28 de diciembre de 2025. Durante ese período, el imputado habría utilizado sin autorización la tarjeta denominada “YPF en Ruta”, que tenía asignada por su función como jefe de Tránsito del municipio.
La Fiscalía consideró que la conducta podía encuadrarse en el delito de malversación de caudales públicos, en calidad de autor, de acuerdo con los artículos 45 y 260 del Código Penal. Así lo informó el Ministerio Público Fiscal de la provincia.
La investigación se inició a partir de una denuncia presentada el 24 de febrero de 2026 por la Secretaría de Gobierno municipal. Posteriormente, el 20 de agosto, la presentación fue ampliada para incorporar precisiones relacionadas con las funciones que cumplía el acusado, la forma en que se utilizaba el sistema de combustible y las circunstancias en las que se detectaron los consumos efectuados mientras permanecía de licencia.
Según quedó planteado en la denuncia, el funcionario había solicitado una comisión para viajar a Buenos Aires, pero el pedido fue rechazado previamente. Además, desde el municipio se sostuvo que el hombre había recibido una advertencia sobre la imposibilidad de utilizar la tarjeta de combustible para ese viaje. A pesar de ello, los gastos terminaron siendo abonados por la Municipalidad.
Como parte de las pruebas reunidas durante la investigación se incorporó una nota dirigida a la Jefatura de Capital Humano, donde figuraban las fechas, los lugares y los horarios correspondientes a las cargas de combustible. También se sumaron los tickets que el imputado presentó luego de regresar del viaje y la solicitud de licencia que había realizado ante el área de Recursos Humanos.
Otro de los elementos incorporados fue una planilla de gastos correspondiente al período comprendido entre el 20 y el 29 de diciembre de 2025. En ese documento se registró un monto total de $359.707,01 relacionado con los consumos investigados.
La Fiscalía también presentó el organigrama de la Municipalidad de San Antonio Oeste, mediante el cual se establecía la dependencia de la Jefatura de Tránsito respecto de la Secretaría de Gobierno.
A esa documentación se agregó un informe del Registro de la Propiedad Automotor. El documento indicó que el vehículo utilizado pertenecía al imputado y a su cónyuge.
Además, la acusación incorporó una resolución de la Junta de Calificación y Disciplina. Ese organismo, luego del procedimiento administrativo correspondiente, resolvió disponer la cesantía del funcionario municipal.
Frente a la acusación, la defensa, integrada por los abogados Carlos Dvorzak y Adrián Zimmermann, se opuso a la formulación de cargos.
Los representantes legales explicaron que el viaje a Buenos Aires tuvo como finalidad trasladar dos aparatos pertenecientes al área en la que trabajaba el funcionario. Según la versión defensiva, esos equipos necesitaban ser calibrados y el traslado se realizó en el vehículo particular del imputado debido a que esa modalidad resultaba habitual para el cumplimiento de sus tareas.
La defensa reconoció que el funcionario realizó el traslado en un viaje particular y admitió que utilizó una aplicación vinculada con las cargas de combustible.
Durante la audiencia, Dvorzak sostuvo que no existía ningún documento que acreditara el supuesto rechazo previo del pedido de licencia. También insistió en que la forma de proceder que describió la Fiscalía había sido una práctica habitual dentro de las tareas que desarrollaba el imputado.
El abogado agregó otro argumento en defensa del funcionario: señaló que posteriormente se le descontó de sus haberes el importe correspondiente a los consumos cuestionados.
A partir de ese punto, la defensa planteó que no estaban reunidos los elementos necesarios para considerar que se hubiera cometido un delito. Según su postura, no existió un perjuicio económico para el Estado porque el monto utilizado mediante la tarjeta fue descontado posteriormente de los recibos de sueldo del imputado.
