En la semana del lunes 16 al viernes 20 de junio, Argentina vivirá un período atípico con dos feriados nacionales en homenaje a los próceres Martín Miguel de Güemes y Manuel Belgrano. Esto deja solo tres días hábiles (martes 17, miércoles 18 y jueves 19), aunque muchos trabajadores deberán presentarse igualmente durante los feriados.
¿Qué dice la Ley de Contrato de Trabajo?
El artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que los feriados nacionales son días de descanso obligatorio. Sin embargo, si el empleador solicita que el trabajador cumpla tareas, deberá abonarle el doble de la jornada habitual.
🔹 Por ejemplo: si un empleado cobra $50.000 por día, trabajar el 16 o 20 de junio implica recibir $100.000 por esa jornada.

¿Quiénes trabajan en los feriados de junio?
Existen sectores que, por su naturaleza, trabajan todos los días, incluyendo feriados. Algunos rubros clave:
- Gastronomía
- Hotelería
- Transporte público y de carga
- Medios de comunicación
- Estaciones de servicio
- Seguridad privada
- Medicina
- Panaderías
- Turismo
En estos casos, el pago doble es obligatorio, y algunos convenios colectivos pueden incluir francos compensatorios además del adicional.
¿Qué pasa con bancos, escuelas y trámites?
El lunes 16 y el viernes 20 de junio, no habrá:
- Atención bancaria
- Clases en escuelas públicas
- Funcionamiento en oficinas públicas (ANSES, PAMI, registros, etc.)
- Actividad en juzgados y tribunales
⚠️ Consejo útil: Dado que solo hay tres días hábiles esa semana, se recomienda anticipar turnos y trámites para evitar demoras.