La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la negativa a inscribir al Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (SUTPLA), una organización creada en el Centro Universitario de la cárcel de Devoto destinada a defender los derechos laborales de los internos que cumplen condenas.
Con esta decisión, el tribunal dejó firme la sentencia dictada por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había desestimado la demanda del SUTPLA. Los jueces consideraron que los reclusos no pueden ser calificados como “trabajadores” según el decreto 467/88, por lo que no les corresponde formar una asociación sindical bajo la ley 23.551.
La iniciativa gremial había sido presentada en 2016 ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, solicitando la inscripción de su personería. El sindicato argumentaba que representaba a todos los internos que realizan tareas o servicios en establecimientos penitenciarios federales o provinciales, de acuerdo con la ley 24.660 y el Reglamento General para Procesados. Además, acompañó su pedido con el estatuto y un listado de afiliados.
El Ministerio de Trabajo rechazó la inscripción, alegando que los internos “no revestían la condición de trabajadores”, lo que llevó a la organización a apelar la decisión. En 2023, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la postura del Ministerio, señalando que, aunque la privación de libertad no elimina la protección de la Constitución y las leyes, limita la capacidad de ejercicio de ciertos derechos.
Los camaristas subrayaron que, aunque el trabajo penitenciario debe ser remunerado según la ley 24.660, esa retribución no se entrega directamente al interno, sino que se distribuye conforme a la normativa vigente. Además, destacaron que los internos no son comparables con los trabajadores libres, ya que estos ejercen sus funciones voluntariamente y disponen de su salario, mientras que los presos cumplen bajo subordinación y obediencia al Estado, que no actúa como empleador.
Finalmente, los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazaron por inadmisible el recurso presentado por el SUTPLA, dejando firme la decisión que impedía la inscripción del sindicato.

