La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a cuatro años de prisión contra Pablo Carlos Molina, ex secretario judicial, quien había sido hallado culpable de utilizar de manera ilegal el sistema de escuchas telefónicas para espiar a su pareja y a un ex novio de ella.
El ex funcionario, que se desempeñaba en el Juzgado Federal de Corrientes, falsificó documentación oficial con el objetivo de lograr que la Gendarmería Nacional interviniera los teléfonos de su esposa y de un hombre con el que ella había mantenido una relación en el pasado.
En una de las imágenes difundidas, se lo puede ver a Molina junto a sus abogados defensores, en una fotografía publicada por el sitio fiscales.gob.ar.
De acuerdo con la investigación, Molina estaba al frente de la Secretaría Penal 2 del juzgado y, aprovechando su posición, confeccionó un oficio judicial falso para ordenar la intervención de dos líneas telefónicas radicadas en la provincia del Chaco. La maniobra se enmarcó dentro de una supuesta causa por narcotráfico.
Los números intervenidos pertenecían a Carolina Etel Codutti y Norberto Sucatzky. La mujer era la esposa del propio Molina, mientras que el otro involucrado era un prestamista vinculado también al cambio de divisas. Ambos habían sido pareja durante su juventud, lo que habría generado un contexto de celos y sospechas de infidelidad por parte del funcionario.
Para darle apariencia de legalidad al procedimiento, Molina tomó distintas precauciones. Redactó el oficio en papel oficial del juzgado y lo incorporó a un expediente en curso. Luego obtuvo la firma del juez federal Carlos Soto Dávila, la certificó y añadió los sellos correspondientes antes de remitir el pedido a Gendarmería.
El plan contemplaba que las escuchas se realizaran de manera continua, las 24 horas durante un período de 30 días, entre mediados de septiembre y octubre de 2014. La orden incluía tanto la intervención de llamadas como de mensajes, una práctica habitual en investigaciones judiciales.
Sin embargo, el requerimiento tenía una condición inusual: los audios no debían ser desgrabados ni transcritos. En cambio, los registros y archivos debían enviarse cerrados directamente a la Secretaría Penal que estaba bajo control del propio Molina, lo que evidenció el uso indebido del sistema con fines personales.


