La Unidad de Información Financiera (UIF) aplicó una multa de $13.090.683.803,98 a Merrill Lynch Argentina S.A. Sociedad de Bolsa y a varios de sus directivos, tras constatar la falta de reportes de operaciones sospechosas y múltiples incumplimientos en normas antilavado, según consta en el expediente UIF N° 1367/2017 “Merryl Lynch Argentina S.A. — Supervisión CNV In Situ”.
La resolución administrativa, firmada por Paul Starc, presidente de la UIF, rechazó los planteos de inconstitucionalidad, nulidad y prescripción presentados por los involucrados, y detalló los motivos que justifican la sanción tanto a la firma como a los directivos de manera individual.
Entre los notificados se encuentran Adrián Fernando Guibernau (DNI 20.838.545), Nuria Martínez (Pasaporte PAC901156), Leonardo Andrés Fernández, Sebastián Guido Loketek, Francis Joseph McGann y Lucas Péres. Algunos solicitaron ser excluidos del proceso por falta de legitimación pasiva, aunque la UIF solo accedió parcialmente y mantuvo la imputación sobre quienes consideró responsables.
Además de la multa principal, la UIF impuso una sanción adicional de $500.000, distribuida en cinco conceptos: deficiencias en la identificación de clientes, omisión de documentación respaldatoria, imprecisión en los perfiles financieros, gestión insuficiente de información sobre remitentes y destinatarios, y errores en la evaluación interna de transacciones inusuales o sospechosas. Estas faltas infringen disposiciones de la Resolución UIF N° 229/2011.
La Ley N° 25.246 establece que los sujetos obligados deben cumplir con el “deber de conocimiento del cliente”, que implica recabar y verificar documentación para acreditar identidad y domicilio, identificar beneficiarios finales y actuar diligentemente frente a quienes operan en nombre de terceros. La normativa también promueve la cooperación entre entidades para administrar el riesgo de lavado, respetando datos personales y secreto profesional.
Entre los incumplimientos detectados se destacan la falta de identificación adecuada de clientes y beneficiarios finales, la ausencia de diligencia documental y la insuficiente verificación de información sobre terceros, en violación del artículo 21 inciso a) de la Ley 25.246. Además, según el artículo 21 inciso b), se constató la omisión de reportes de operaciones sospechosas (ROS), vinculadas con posibles delitos, financiamiento del terrorismo o proliferación de armas de destrucción masiva, lo que motivó parte de la sanción más significativa.
La inclusión de la entidad en el Registro de Infractores de la UIF genera consecuencias importantes sobre su reputación y operación, ya que el registro es público, resta credibilidad ante clientes, proveedores y contrapartes, y puede generar restricciones en el acceso a servicios financieros, apertura de cuentas, créditos y seguros.
La resolución imputó responsabilidad por violaciones a los artículos 20 bis y 21 inciso b) de la Ley 25.246, además de varios artículos de la Resolución UIF N° 229/2011. El Anexo IF-2025-65720402-APN-DRAS#UIF detalló los montos involucrados y los cargos sancionados.
Los sancionados deberán abonar la multa mediante el sistema electrónico eRecauda en un plazo de diez días desde la notificación y presentar la acreditación correspondiente en la sede de la UIF en Avenida de Mayo 757/761 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco días posteriores al pago, bajo apercibimiento de iniciar ejecuciones si no cumplen.
La decisión también prevé la publicación de la sanción por tres días en el Boletín Oficial y durante treinta días en el sitio institucional de la UIF, y la notificación a la Comisión Nacional de Valores. Los sancionados pueden recurrir la medida ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal únicamente por ilegitimidad y dentro del plazo de treinta días hábiles.
Merrill Lynch Argentina S.A., operando bajo el nombre BofA Securities, ofrece servicios financieros y de banca de inversión de Bank of America, y actúa como agente del Mercado Abierto Electrónico S.A. (MAE) y de la Inspección General de Justicia (IGJ) en Argentina.
La sanción fue firmada por Paul Starc, presidente de la UIF, y Valeria Rodríguez Fromm, directora de la Dirección de Régimen Administrativo Sancionador.