La Justicia de Neuquén ordenó la expulsión de un hombre denunciado por violencia de género, luego de constatar múltiples hechos de hostigamiento y reiteradas violaciones a las medidas de protección establecidas para su ex pareja.
La resolución fue adoptada por un juez de Familia, quien dispuso que el acusado, de 35 años, deberá abandonar la provincia, fijar domicilio fuera de la jurisdicción neuquina y someterse a un tratamiento psicológico especializado en violencia familiar. Además, el fallo establece que no podrá regresar sin autorización judicial previa.
De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial, la decisión se enmarcó en las reiteradas infracciones del imputado a la Ley 2.785. A pesar de que la denunciante contaba con un botón antipánico y de que se había ampliado el perímetro de restricción a 900 metros, se registraron nuevos episodios de violencia física y amenazas en las inmediaciones de su vivienda.
Frente a estos incumplimientos, el magistrado había ordenado previamente la colocación de una tobillera electrónica en el agresor y la entrega de un dispositivo dual de alerta para la mujer. Sin embargo, dichas medidas no lograron frenar el hostigamiento.
Las sanciones se endurecieron en septiembre y diciembre del año pasado, cuando el hombre fue arrestado durante 24 y 48 horas respectivamente, tras verificarse nuevos hechos de violencia. En su resolución, el juez señaló que el acusado retiró por la fuerza la tobillera electrónica en tres ocasiones y advirtió que la víctima continúa “con miedo y atemorizada por su seguridad”.
Un informe elaborado por el equipo técnico judicial concluyó que la mujer se encuentra en una situación de alto riesgo. Este diagnóstico fue respaldado por antecedentes médicos, entre ellos una internación hospitalaria en noviembre, derivada de una descompensación provocada por otra agresión.
En el fallo, el juez subrayó la necesidad de reforzar las medidas cautelares para garantizar un resguardo físico, psíquico y simbólico de la denunciante. Asimismo, argumentó que la gravedad de los hechos y el “total menosprecio por la intervención judicial” por parte del acusado justificaron la expulsión como mecanismo para asegurar una tutela inhibitoria eficaz.
En los fundamentos, el magistrado también analizó la tensión entre la obligación del Estado de prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres —de acuerdo con la normativa nacional e internacional— y el derecho constitucional del imputado a circular libremente. En ese sentido, precisó que dicho derecho no fue eliminado, sino interrumpido de manera temporal, con el objetivo de modificar la conducta del agresor y preservar la seguridad de la víctima.


