Un joven será llevado a juicio en la provincia de Córdoba, acusado de haber creado imágenes de sus compañeras de colegio mediante el uso de Inteligencia Artificial y de haberlas publicado en un sitio web para adultos. Según evaluaron las autoridades judiciales, su accionar encuadra en el delito de lesiones graves agravadas por mediar violencia de género.
La Cámara de Acusación de Córdoba ratificó la elevación a juicio del imputado, quien utilizó herramientas de IA para superponer los rostros de sus compañeras en cuerpos desnudos y luego difundir ese material en una página pornográfica.
El tribunal tuvo en cuenta que las publicaciones permitían identificar a las víctimas con nombre y apellido. Además, se señaló que el acusado incluyó enlaces que dirigían directamente a los perfiles de Instagram de las jóvenes afectadas.
En la resolución, también se destacó que la difusión de estas imágenes alteradas provocó que las damnificadas recibieran múltiples solicitudes de amistad y visitas en sus redes sociales por parte de personas desconocidas.
Ante este escenario, los camaristas Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar concluyeron que la conducta del imputado constituía lesiones graves calificadas por violencia de género.
El fallo, difundido en el portal de Justicia de Córdoba, remarca que actualmente el daño psíquico es considerado una forma de lesión en el marco del Código Penal, incluso en ausencia de daño físico.
Asimismo, se subrayó que las víctimas son menores de edad y se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, al tratarse de personas en proceso de formación.
“Los trastornos de ansiedad persistentes, el estrés postraumático, los trastornos adaptativos y el aislamiento social deben considerarse graves, sin lugar a dudas”, expresó la camarista Farías, autora del voto.
El tribunal añadió que, más allá de que las imágenes fueran manipuladas, implicaron una exposición sexual, digital, pública y reiterada, amplificada por la cantidad de visualizaciones que permite este tipo de plataformas, en un contexto que también debe entenderse como violencia simbólica.
En la misma línea, se sostuvo que la conducta configuró violencia digital, ya que el mensaje estereotipado se difundió en el entorno online, sin necesidad de un vínculo directo entre agresor y víctimas, dado que el impacto se produce al influir en representaciones sociales atravesadas por una cultura patriarcal.
Finalmente, los magistrados advirtieron sobre el crecimiento de este tipo de delitos en la sociedad actual, señalando que el uso de herramientas informáticas y redes sociales para atacar a mujeres genera un ámbito de alta vulnerabilidad para la privacidad y abre la puerta a múltiples formas de agresión.


