El ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido apeló el fallo que le había negado la prisión domiciliaria y reactivó así su pedido para dejar el penal de Ezeiza y continuar el cumplimiento de su condena en su chacra de la localidad bonaerense de Zárate, en el marco de la causa por la tragedia ferroviaria de Once.
La presentación se produjo luego de que, hace diez días, el juez federal Ricardo Basilíco rechazara concederle el beneficio al considerar que el ex funcionario se encontraba en condiciones de permanecer alojado en la Unidad 19 de Ezeiza, dado que sus afecciones podían ser controladas adecuadamente dentro del establecimiento penitenciario.
Tras ese revés judicial, los abogados defensores de De Vido, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, apelaron la decisión y volvieron a insistir con la detención domiciliaria.
El planteo deberá ser analizado ahora por la Cámara Federal de Casación Penal, que intervendrá durante la feria judicial de enero debido a que se trata de una cuestión directamente vinculada con la situación de detención del ex ministro.
De Vido se encontraba preso desde el 13 de noviembre pasado, cuando se presentó en los tribunales de Comodoro Py para comenzar a cumplir la condena a cuatro años de prisión que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme por la tragedia de Once. El siniestro ocurrió el 12 de febrero de 2012, cuando una formación de la línea Sarmiento no logró frenar al arribar a la estación cabecera y chocó, provocando la muerte de 51 personas.
El ex funcionario cumplió 76 años mientras permanecía detenido en Ezeiza y argumentó que tanto su edad como los problemas de salud que padece, entre ellos diabetes, constituían motivos suficientes para acceder al régimen de prisión domiciliaria.
Sin embargo, en la resolución firmada semanas atrás, el juez Basilíco sostuvo que no se habían registrado episodios que justificaran un cambio en las condiciones de detención. “Ha transcurrido un lapso superior a un mes sin que se haya verificado episodio alguno en el estado de salud del causante que tornara necesaria su derivación al Hospital Penitenciario Central o a un establecimiento asistencial extramuros, circunstancia que permite inferir que, en su actual ámbito de alojamiento, se le brindan las prestaciones terapéuticas adecuadas para sostener la estabilidad de su cuadro clínico”, afirmó el magistrado al rechazar el pedido.


