Un joven de 25 años quedó en el centro de la polémica luego de publicar en sus redes sociales un video en el que se lo ve conduciendo a una velocidad cercana a los 200 kilómetros por hora. La grabación, que comienza con la imagen del velocímetro superando los 190 km/h, lo muestra al volante de su camioneta mientras canta y manipula su celular.
Durante el registro, el conductor aparece distraído, jugando con la cámara y entonando una canción, en una escena que evidencia una conducta de manejo altamente riesgosa.
“Vamos para arriba / Yo no lo vi ni tampoco lo veo / Código de barrio, sordo, mudo y ciego / Pronta libertad para mi compañero / Que no llegamos para la ambición y el dinero”, recita el joven, siguiendo la letra de la Session Guaratech #1 del artista argentino Kid Wazi, producida por Martín Moreno. Se trata de un tema que ganó notoriedad dentro de la escena urbana local, impulsado por el ritmo de la guaracha, una fusión de cumbia con electrónica.
No se trató de un hecho aislado. Según trascendió, el mismo joven ya había compartido anteriormente otros videos con conductas imprudentes al volante. En uno de ellos se lo vio descendiendo de su camioneta en movimiento, mientras que en verano fue captado realizando maniobras peligrosas sobre la arena, siempre con su vehículo de gran porte.
En esta oportunidad, sin embargo, el caso llegó a las autoridades. La maniobra fue considerada no solo riesgosa sino también agravada en el marco de la Ley Nacional de Tránsito, ya que el conductor superó ampliamente el límite permitido en rutas, que es de 110 km/h en zonas rurales, lo que configura una infracción grave.
Ante esta situación, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) solicitó la inhabilitación del conductor ante la jurisdicción que emitió su Licencia Nacional de Conducir. El organismo argumentó que su accionar puso en peligro tanto su vida como la de terceros y recordó que cuenta con la facultad de pedir la suspensión preventiva del registro cuando se detecta una posible ineptitud psicofísica.
En estos casos, el procedimiento indica que la persona debe ser notificada y sometida a una reevaluación a través de distintos exámenes para determinar si está en condiciones de conducir en la vía pública.
Dentro del ámbito administrativo y judicial, este tipo de conductas puede encuadrarse en la figura de “culpa temeraria”, un concepto que permite aplicar sanciones más severas aun cuando no exista intención directa de causar daño. Se considera que la imprudencia es tan extrema que implica un desprecio consciente por la seguridad de los demás.
Además, el Código Penal contempla que la conducción temeraria puede ser castigada con penas que van desde los seis meses hasta los tres años de prisión, junto con la inhabilitación para conducir.
