La Cámara Penal de Santa Fe resolvió revocar la prisión preventiva del fiscal de la localidad de Vera, Leandro Benegas, quien está acusado por abuso sexual.
Benegas, actualmente suspendido de sus funciones y bajo investigación, había sido detenido a mediados de marzo luego de ser imputado por hechos ocurridos durante su desempeño como funcionario municipal. A partir de la nueva resolución judicial, deberá cumplir con medidas no privativas de la libertad, entre ellas la prohibición de salir del país.
El caso se originó a comienzos de este año, cuando una joven denunció haber sido víctima de reiterados episodios de abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción de menores, agravados por el uso de intimidación o coerción. Según la acusación, los hechos habrían ocurrido cuando Benegas se desempeñaba en la municipalidad de Vera, y la denunciante era hija de un empleado que trabajaba bajo su órbita. La imputación es sostenida por los fiscales Adrián Spelta, Luciana Escobar Cello y Matías Broggi, a cargo de la investigación.
La decisión adoptada por el camarista Fernando Gentile Barsano implica un cambio relevante en la situación procesal del acusado. Si bien la imputación se mantiene vigente, el magistrado consideró que la prisión preventiva no correspondía en esta instancia y optó por imponer medidas alternativas que permitan garantizar el avance del proceso sin vulnerar el derecho de defensa.
La prisión preventiva había sido dictada el 13 de marzo tras una audiencia realizada en los tribunales de Vera, a pedido de la querella que representa a la víctima. En ese momento, la defensa del fiscal apeló la medida, lo que derivó en la revisión del caso por parte de la Cámara Penal, que evaluó tanto la validez de la audiencia como la proporcionalidad de la cautelar aplicada.
En su resolución, el camarista Barsano declaró la invalidez parcial de la audiencia inicial, dejó sin efecto la prisión preventiva y estableció un conjunto de normas de conducta. Entre ellas, Benegas deberá fijar domicilio, tiene prohibido mantener contacto con víctimas y testigos, y no podrá salir del país mientras se desarrolle el proceso judicial. Estas restricciones ya habían sido solicitadas por los fiscales, al considerar que resultan suficientes para asegurar la presencia del imputado y evitar riesgos procesales.
Cabe recordar que, al momento de la imputación, Benegas contaba con inmunidad judicial por su condición de fiscal, lo que inicialmente impidió que se dictara la prisión preventiva solicitada por la querella. La medida cautelar se concretó recién después de que fuera suspendido en su cargo y tras la correspondiente audiencia judicial.
La investigación continúa en manos de los fiscales Spelta, Escobar Cello y Broggi, quienes sostienen la acusación y promueven medidas para garantizar el normal desarrollo del proceso. La causa sigue su curso en el fuero penal provincial, mientras permanecen vigentes las restricciones impuestas al acusado.
La decisión de la Cámara Penal marca un punto de inflexión en el expediente. El tribunal entendió que, pese a la gravedad de los delitos atribuidos y a la continuidad de la imputación, no existe en este momento un riesgo procesal que justifique la prisión preventiva. Por ese motivo, se optó por reemplazar la privación de la libertad por un esquema de control basado en normas de conducta específicas.
El caso continuará bajo la supervisión de los fiscales y con intervención de la Cámara Penal, que seguirá de cerca el cumplimiento de las condiciones impuestas. En ese marco, el tribunal enfatizó que el imputado debe evitar cualquier tipo de contacto con las partes involucradas y mantenerse a disposición de la Justicia.
Finalmente, la resolución se fundamenta en criterios de legalidad y proporcionalidad, con el objetivo de resguardar tanto los derechos de la víctima como las garantías del debido proceso. Desde la Fiscalía consideran que las restricciones vigentes permiten controlar la situación procesal de Benegas y asegurar su comparecencia en las próximas instancias judiciales.
