La Justicia Electoral oficializó a Diego Santilli como primer candidato de La Libertad Avanza en Buenos Aires

El juez federal Alejo Ramos Padilla resolvió que Diego Santilli encabece la lista de diputados nacionales de La Libertad Avanza, en reemplazo de José Luis Espert, respetando la ley de paridad de género y el ordenamiento oficial de la alianza.

Diego Santilli - Boletas Únicas de Papel (BUP).Foto Montaje Portal Ciudad.

El juez federal bonaerense con competencia electoral, Alejo Ramos Padilla, oficializó hoy la lista de la Alianza La Libertad Avanza con Diego Santilli como candidato a diputado en el primer lugar, en reemplazo de José Luis Espert.

La segunda candidata de la lista, tal como había solicitado LLA, es Karen Reichardt, seguida por Sebastián Pareja, armador de la alianza libertaria con el PRO. A pesar del cambio, las Boletas Únicas de Papel (BUP) continuarán mostrando la imagen de Espert, ya que la Cámara Nacional Electoral (CNE) rechazó la reimpresión de las mismas.

En su resolución, Ramos Padilla sostuvo que la decisión de colocar a Santilli como cabeza de lista “no constituyó una ‘singular interpretación subjetiva’, como afirmó la CNE, sino la posición coincidente de todas las partes intervinientes y del Ministerio Público Fiscal en todas las instancias”, cumpliendo con las responsabilidades constitucionales e internacionales del Estado en materia de igualdad de género.

El documento concluye: “Dejando a salvo mi opinión y en cumplimiento de lo dispuesto por los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional Electoral, resuelvo adecuar y oficializar la lista de candidatos a Diputados Nacionales, Distrito Buenos Aires, de la alianza ‘La Libertad Avanza’, conforme lo ordenado por la CNE en su resolución del 11 de octubre de 2025, incorporando como Anexo I el nuevo orden de prelación establecido”.

Previamente, Ramos Padilla había decidido, junto a los fiscales María Laura Roteta y Ramiro González, que el reemplazo de Espert debía ser Reichardt y no el siguiente candidato varón, en línea con la ley de paridad de género, evitando así una interpretación regresiva.

Por su parte, los Dres. Santiago Corcuera y Daniel Bejas, integrantes de la CNE, consideraron que la interpretación de Ramos Padilla y los fiscales era “subjetiva” y solicitaron ordenar la nómina según el Artículo 7° del Decreto 171/2019 y el Artículo 60 bis del Código Electoral Nacional.

Sin embargo, el juez bonaerense recordó que la misma CNE había declarado en años anteriores que el Artículo 7° del Decreto 171/2019 no podía aplicarse para la categoría de Senadores Nacionales, como ocurrió con Juntos por el Cambio, porque contradecía la ley de paridad de género.

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