La Cámara Nacional Electoral ordena al Gobierno publicar resultados por distrito en las Elecciones Legislativas 2025

El máximo tribunal electoral resolvió que el escrutinio provisorio se difunda exclusivamente por provincia, tras un planteo de Fuerza Patria. La Casa Rosada podrá mostrar, además, los resultados unificados a modo de información complementaria.

La Cámara Electoral le ordenó al Gobierno que publique los resultados por distrito.Foto Archivo Jueces de la Cámara Electoral.

La Cámara Nacional Electoral definió hoy un punto central para la transparencia de las elecciones legislativas de este año: los resultados provisorios deberán difundirse únicamente por distrito electoral, en concordancia con la Constitución Nacional y la normativa vigente.

La decisión surge a raíz de un planteo administrativo presentado por Fuerza Patria luego del simulacro electoral realizado el fin de semana pasado, en el que el Gobierno había publicado datos unificados de votos de La Libertad Avanza y Fuerza Patria a nivel nacional.

El conflicto tiene relevancia porque afecta la “foto” que se dará a conocer la noche del domingo, cuando se conozcan los resultados a partir de las 21 horas. Con el conteo unificado, el oficialismo podía mostrar una ventaja, sumando los 24 distritos donde tiene representación, mientras que el sello del peronismo solo se encuentra presente en 13.

Frente a esto, el Gobierno aclaró que la acordada administrativa no impide mostrar un total nacional de votos, y adelantó que cumplirá la orden judicial, pero también difundirá como información complementaria los resultados agregados por todo el país.

La resolución fue adoptada en acuerdo extraordinario por los jueces Daniel Bejas, Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, con el objetivo de evitar confusiones sobre la legitimidad y alcance de los datos difundidos durante la noche de la elección.

El eje de la intervención del tribunal se centra en la forma de presentación de los resultados provisorios, un conteo preliminar a cargo del Ministerio del Interior mediante una empresa privada, que no tiene valor legal. La Cámara aclaró que los magistrados no participan en la planificación, procesamiento ni difusión de este escrutinio, ni en la contratación de servicios relacionados.

Fuerza Patria tiene presencia en CABA, PBA, Catamarca, Córdoba, Neuquén, Chaco, Santa Fe, Corrientes, Jujuy, Misiones, Río Negro, Salta y Tierra del Fuego. La resolución se da en un contexto de advertencias sobre los riesgos de que la difusión de datos provisorios sin claridad pueda afectar la confianza pública.

El tribunal citó estándares internacionales, como las directrices de IDEA Internacional, que recomiendan que si los resultados se anuncian antes de la certificación final, debe existir un marco legal claro para su divulgación. La legislación argentina no regula con detalle la metodología ni publicación del escrutinio provisorio, lo que podría afectar la percepción de confiabilidad de la opinión pública, según la Cámara.

Durante este proceso electoral, el Ejecutivo delegó en el Correo Oficial la contratación de la empresa encargada del conteo provisorio, así como la impresión de boletas y padrones. Ante cuestionamientos de los partidos, la Cámara recordó que ya había exigido a la Dirección Nacional Electoral que aclare la naturaleza del escrutinio, su metodología y las diferencias con el escrutinio definitivo, y que la difusión sea objetiva y neutral.

El fallo se fundamenta en la Constitución y el Código Electoral Nacional, que establecen que cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son distritos independientes para elecciones legislativas. Por eso, no corresponde un escrutinio global como el previsto en elecciones presidenciales. Los resultados deben publicarse por distrito, evitando confundir sobre la representación real de cada fuerza política.

El peronismo, por su parte, compite con otro nombre en Chubut, Entre Ríos, Mendoza, San Juan, Santa Cruz, Tucumán, Formosa, La Pampa, La Rioja, San Luis y Santiago del Estero.

Finalmente, la Cámara instruyó a la Dirección Nacional Electoral a que la publicación del escrutinio provisorio respete el criterio de división por distrito electoral. La resolución está firmada por Daniel Bejas como presidente, Alberto Ricardo Dalla Via como vicepresidente y Santiago Hernán Corcuera como juez de Cámara, con la actuación de los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel.

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