El Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil luego de que la iniciativa fuera aprobada en el Senado. La normativa, identificada como Ley 27.801, establece una baja en la edad de imputabilidad, que pasa de 16 a 14 años, y se transformó en uno de los principales logros legislativos del oficialismo durante el período de sesiones extraordinarias.
La promulgación fue realizada por el presidente Javier Milei.
De acuerdo con el procedimiento constitucional, el Poder Ejecutivo dio su aval a la ley mediante el decreto 138/2026, que fue publicado durante la madrugada en el Boletín Oficial, lo que dejó formalmente en vigencia la nueva normativa.
La iniciativa había sido sancionada en el Senado con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención. Entre los cambios más relevantes se encuentra la reducción de la edad de imputabilidad y la implementación de un sistema de penas que se aplicará según la edad del adolescente y las circunstancias del delito cometido.
Edad de imputabilidad y penas
La legislación establece que el régimen de sanciones deberá estar orientado principalmente a la educación y la resocialización de los jóvenes. El objetivo es que el adolescente imputado pueda reinsertarse en la sociedad mediante la integración social, el acceso al trabajo y la comprensión y arrepentimiento por la conducta delictiva cometida. Además, busca disminuir el riesgo de reincidencia en nuevos delitos.
En ese marco, la norma determina que la privación de la libertad debe ser utilizada únicamente como último recurso y durante el período más breve posible. También prohíbe la aplicación de penas perpetuas o de carácter indefinido, así como la imposición de antecedentes penales permanentes.
Asimismo, el texto señala que cualquier medida que implique la restricción de la libertad durante el proceso deberá dictarse mediante resolución debidamente fundamentada y sustentada en la existencia de riesgos procesales comprobados.
En relación con los lugares de detención, la ley dispone que, en caso de resultar imprescindible el encierro de un adolescente, este deberá cumplirse en establecimientos especialmente acondicionados para tal fin y bajo la supervisión de personal capacitado en el trato con menores. Además, queda expresamente prohibido alojarlos junto a personas adultas.
Si bien el nuevo marco legal endurece el sistema penal para los menores que cometen delitos, la norma aclara que los procesos judiciales deberán tramitarse con rapidez, priorizando especialmente aquellos casos en los que el acusado se encuentre detenido con prisión preventiva. La ley advierte que cualquier demora injustificada desde la intimación del hecho al adolescente imputado será considerada una falta grave del magistrado interviniente y podría derivar en sanciones disciplinarias.
Situación de menores inimputables
Para los casos en los que los menores continúen siendo inimputables, la legislación prevé la intervención judicial con el objetivo de investigar el hecho y aplicar medidas de carácter curativo o protector, siempre dentro del ámbito de la justicia civil.
También establece la obligatoriedad de que jueces, fiscales y defensores cuenten con especialización en materia penal juvenil, con el fin de garantizar un abordaje adecuado de los casos que involucren a adolescentes.
Derechos de las víctimas
La Ley 27.801 reconoce de manera explícita los derechos de las víctimas y de las personas afectadas por delitos cometidos por adolescentes. En ese sentido, el texto establece que la protección de sus intereses deberá garantizarse a lo largo de todo el proceso penal juvenil.
Entre otros puntos, se asegura el derecho a recibir información sobre el avance de la causa, participar activamente en las distintas etapas del proceso y acceder a mecanismos de reparación.
La normativa también establece que las víctimas cuentan con garantías procesales, como el derecho a ser escuchadas, a recibir información clara y oportuna sobre sus derechos y a solicitar medidas de protección cuando lo consideren necesario.
Además, cuando un adolescente sea declarado responsable de causar daños, la ley habilita la posibilidad de exigir responsabilidad civil a sus progenitores o representantes legales, quienes deberán responder económicamente en los términos que determine la sentencia judicial.
Por último, el régimen contempla instancias de conciliación o mediación, siempre que la víctima otorgue su consentimiento de forma libre e informada y que el tipo de delito lo permita. Estas herramientas buscan resolver los conflictos mediante mecanismos restaurativos y voluntarios, sin afectar los derechos de la persona perjudicada.
