El Gobierno promulgó la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, aunque advirtió que su ejecución quedará en pausa hasta que el Congreso incorpore créditos presupuestarios y fuentes específicas de financiamiento. Así lo establece el Decreto 681/2025, que invoca el artículo 5° de la Ley 24.629 —toda ley con gasto permanece suspendida hasta contar con partidas— y el artículo 38 de la Ley 24.156, que exige precisar el origen de los recursos.
El Ejecutivo recordó que el Presupuesto 2026 fue remitido al Parlamento el 15 de septiembre, y que ese es el ámbito para definir las partidas que garanticen la puesta en marcha de la norma. La ley había sido vetada en agosto mediante el Decreto 534/25, pero el Congreso insistió con dos tercios en Diputados el 20 de agosto y en el Senado el 4 de septiembre, por lo que el 8 de septiembre fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.
Alcance de la ley, aún no ejecutable
- Emergencia: se declara hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año.
- Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social: equivale al 70% del haber mínimo, con actualización previsional. Permite compatibilidad laboral hasta dos salarios mínimos, suspensión automática si se supera el tope y rehabilitación inmediata. Las pensiones vigentes se convertirán de oficio.
- Cobertura de salud: garantiza atención a través del Programa Incluir Salud y las prestaciones de la Ley 24.901.
- Prestadores: declara de interés público los servicios de la Ley 24.901, fija una compensación de emergencia por la brecha aranceles-IPC (diciembre 2023–diciembre 2024), establece aranceles únicos con movilidad mensual según el Decreto 274/24 (o su reemplazo) y dispone un estudio anual de costos.
- Incentivos laborales: amplía a tres años la exención del 50% de las contribuciones patronales para empleadores que contraten personas con discapacidad, según el artículo 87 de la Ley 24.013.
- Fortalecimiento institucional: refuerza a la ANDIS en la emisión del CUD y en auditorías con debido proceso inclusivo, además de requerir informes anuales de ejecución y pagos.
Cifras oficiales
- Pensión No Contributiva por Discapacidad: $2.166.985.900.000 en 2025 (0,26% del PBI) y $4.706.628.500.000 en 2026 (0,47% del PBI).
- Programa Incluir Salud: $574.200.000.000 en 2025 (0,07% del PBI) y $1.239.266.000.000 en 2026 (0,12% del PBI).
- Compensación a prestadores (artículo 13): $278.323.000.000 (0,03% del PBI).
- Necesidad total de crédito para 2025: $3.019.508.900.000 (0,35% del PBI).
- Crédito disponible sin afectar “Servicios Sociales”: $2.302.526.621.430, monto insuficiente para cubrir la totalidad de la ley.
Medidas suspendidas hasta que haya presupuesto
- Altas y conversiones de la nueva Pensión No Contributiva, junto a su compatibilidad laboral y rehabilitaciones.
- Compensación a prestadores de la Ley 24.901 por la brecha de 2024 frente al IPC y la movilidad arancelaria.
- Incorporaciones al Programa Incluir Salud en el marco de la nueva pensión.
- Despliegue operativo de ANDIS para auditorías y metas de transparencia con financiamiento.
Con la promulgación de la Ley 27.793, el Ejecutivo dejó en claro que la implementación de cada una de estas medidas dependerá de que el Congreso asigne las partidas necesarias en el Presupuesto 2026.