El Gobierno limitó el arancel cero para vehículos eléctricos e incluyó exclusiones para motos, triciclos y cuatriciclos

La medida dejó afuera del beneficio a unidades eléctricas de menor porte y estableció cómo se administrarán los cupos anuales de importación.

El Gobierno restringe el beneficio de arancel cero para unidades eléctricas.Foto Ilustrativa.

El Gobierno nacional restringió el alcance del beneficio de arancel cero para la importación de vehículos eléctricos y dejó excluidas a las unidades de menor porte, entre ellas motos, triciclos y cuatriciclos.

La decisión se formalizó mediante el Decreto 44/2026, difundido este lunes en el Boletín Oficial.

La normativa también dispuso que, si no se alcanza el cupo anual de 50.000 unidades con arancel cero, el remanente podrá trasladarse para su utilización en el período siguiente.

Dentro de los modelos que ya no podrán acceder al beneficio figuran las siguientes categorías:

Categorías de 2 y 3 ruedas (motos y derivados)

L1: Ciclomotores de dos ruedas, es decir, motos de hasta 50 cc que no superan los 50 km/h de velocidad máxima.

L2: Ciclomotores de tres ruedas, con características de potencia y velocidad similares a los anteriores, pero con configuración triciclo liviano.

L3: Motocicletas de dos ruedas con motores superiores a 50 cc o que exceden los 50 km/h, lo que incluye scooters y motos de uso urbano convencional.

L4: Motocicletas con sidecar, es decir, aquellas que incorporan un carro lateral destinado a un pasajero adicional.

L5: Triciclos con motorizaciones más potentes que las de un ciclomotor. Se subdividen en:

  • L5(a): destinados al transporte de pasajeros.
  • L5(b): orientados al transporte de carga, muchas veces con caja o cabina.

Categorías de 4 ruedas (cuatriciclos y microautos)

L6: Cuatriciclos livianos, vehículos de cuatro ruedas cuyo peso sin baterías es inferior a 350 kilos y cuya velocidad máxima no supera los 45 km/h.

L6(b): Cuatriciclos livianos con cabina cerrada.

L7: Cuatriciclos pesados, con mayores niveles de potencia y velocidad que los L6. Se dividen en:

  • L7(a): cuatriciclos tradicionales o “quads”.
  • L7(b): cuatriciclos con cabina, conocidos como microautos urbanos, con un peso máximo autorizado de 400 kilos para pasajeros y 550 kilos para carga.
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