El Gobierno nacional resolvió eliminar el aporte que debían realizar las empresas industriales radicadas en la provincia de Tierra del Fuego para poder acceder y sostener los beneficios del régimen de promoción vigente. Se trata del 15% que se destinaba al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina), una herramienta creada para diversificar la producción en la isla.
La decisión fue adoptada a partir de una presentación realizada por la Unión Industrial Fueguina (UIF) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE). A través de esta medida, el Gobierno estableció que las compañías dejarán de abonar el aporte mensual al fondo fiduciario destinado a la ampliación de la matriz productiva.
Mediante la resolución 20/2026, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía fijó “en cero por ciento (0 %) el aporte previsto en el Artículo 4° del Decreto N° 727 de fecha 22 de octubre de 2021”, requisito que debían cumplir las industrias para conservar los beneficios del régimen especial al que se encuentran adheridas.
Hasta ahora, las empresas destinaban un 15% al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina, un fideicomiso de administración que se financiaba a partir de ese aporte, en un contexto en el que los productos fabricados en la provincia están exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El documento oficial difundido durante la madrugada explicó que la medida busca mitigar los efectos de recientes modificaciones tributarias y arancelarias que, según el dictamen del Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina, deterioraron la competitividad del sector industrial y pusieron en riesgo tanto la producción como los puestos de trabajo dentro del régimen de promoción vigente.
El nuevo esquema responde a una serie de reclamos formales impulsados por la UIF y AFARTE. Ambas entidades advirtieron que el endurecimiento de las políticas de desregulación económica generó una “pérdida crítica de competitividad” que impacta de lleno en la continuidad de las operaciones y en el sostenimiento del empleo en la provincia.
Desde las organizaciones empresarias señalaron que “la plena vigencia del Decreto Nº 333 de fecha 19 de mayo de 2025 y el conjunto de medidas de desregulación económica en curso” colocaron al sector industrial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en un escenario complejo. Además, remarcaron que el impacto no se limita únicamente a la industria de los celulares, sino que alcanza a la totalidad de la actividad productiva provincial.
Este contexto llevó a que los directivos recomendaran aplicar la reducción del aporte, tal como lo habilita el artículo 5° del Decreto N° 727/21. La normativa vigente hasta ahora establecía que, para acceder a la extensión del régimen, las empresas debían efectuar aportes mensuales obligatorios equivalentes al 15% del beneficio obtenido en concepto de IVA por la venta de los productos vinculados a los proyectos industriales.
La industria electrónica de Tierra del Fuego constituye una fuente clave de empleo para miles de personas y se desarrolla bajo un régimen fiscal y aduanero especial vigente desde la sanción de la Ley N° 19.640, orientada a promover la inversión, el desarrollo industrial y la generación de trabajo en la región. Este marco regulatorio permitió, a lo largo de los años, la radicación de numerosas empresas manufactureras.
En 2021, la vigencia de los beneficios fue extendida hasta el 31 de diciembre de 2038, condicionada al cumplimiento de las obligaciones de aportes al FAMP-Fueguina. Dicho fondo se sostenía precisamente a través del aporte mensual que ahora fue eliminado, mecanismo que permitía a las empresas conservar ventajas fiscales a cambio de destinar parte de sus ganancias al fideicomiso.
Por el momento, las compañías continuarán accediendo al régimen de incentivos fiscales vigente. No obstante, el Gobierno aclaró en el artículo segundo de la resolución que la reducción del aporte no exime a las empresas adheridas al Decreto N° 727/21 del cumplimiento de los proyectos propios que hayan sido aprobados por el Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina.
En caso de que alguna firma incumpla los compromisos asumidos, deberá reintegrar los aportes que hubieran sido originalmente retenidos, junto con los intereses correspondientes, al mismo fondo fiduciario público.
