La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó la digitalización total del Procedimiento para el Registro de la Actividad de Vuelo de Pilotos y Tripulantes de Cabina de Pasajeros (TCP), dejando atrás el sistema físico y obligatorio que regía hasta ahora. La medida fue adoptada mediante la Resolución N.º 470/2025 y se enmarca en el plan de modernización administrativa y tecnológica impulsado por el Gobierno Nacional.
El procedimiento conocido como “foliado”, que certifica oficialmente las horas de vuelo declaradas por el personal aeronáutico, dejará de realizarse de manera presencial. A partir de ahora, podrá gestionarse completamente en línea mediante el Casillero Aeronáutico Digital (CAD), lo que supone un avance significativo en términos de accesibilidad, eficiencia y reducción de trámites.
Desde la Secretaría de Transporte destacaron que esta transformación permitirá a los pilotos y tripulantes registrar su actividad de forma voluntaria, según sus intereses personales, sin necesidad de presentarse físicamente en oficinas de la ANAC.
El nuevo Sistema de Registro Electrónico de Horas de Vuelo fue desarrollado por equipos técnicos de la ANAC para garantizar una administración moderna y trazable de la información. Los documentos emitidos a través del CAD tendrán valor legal como declaración jurada y podrán presentarse ante organismos como ANSES o cualquier autoridad competente para procesos de habilitación o evaluaciones.
La iniciativa fue coordinada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado junto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, y responde a la necesidad de actualizar los procedimientos de gestión en línea con las innovaciones tecnológicas y estándares internacionales.
Este sistema digital ofrece a la ANAC una herramienta informática más eficiente y transparente, agiliza los tiempos de respuesta y reduce costos operativos. A la vez, marca un nuevo paso en la modernización normativa del sistema aeronáutico argentino, aportando dinamismo, seguridad y una mejor prestación de servicios.
La implementación será escalonada: a partir del 1.º de septiembre de 2025 será obligatoria para pilotos y tripulantes que trabajen en empresas bajo RAAC Parte 121 (Transporte Aéreo Regular) y RAAC Parte 135 (Transporte Aéreo No Regular). Luego, desde el 1.º de noviembre de 2025, se aplicará a quienes operen bajo RAAC Parte 91, es decir, operadores privados no comerciales, empresas de trabajo aéreo y Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC).
Además, para asegurar una transición ordenada, se mantendrá vigente hasta el 1.º de enero de 2026 la aplicación de la Resolución ANAC N.º 147/2013 —Anexo II— exclusivamente para la anotación y foliado en papel, que luego podrá subirse al CAD.
Esta transformación estructural, con alcance federal, permitirá optimizar la gestión aeronáutica en todo el país, erradicar registros apócrifos y focos de corrupción, y brindar mayor seguridad operacional. Con ella, la comunidad aeronáutica gana en libertad y el sistema argentino se alinea a las mejores prácticas del mundo.
