La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena impuesta a un grupo de agentes y funcionarios del Servicio Penitenciario Federal (SPF) por la tortura seguida de muerte de un detenido en la Unidad N°9 de Neuquén, así como por el intento de encubrimiento del hecho.
La víctima fue Argentino Pelozo Iturri, de 38 años, conocido como “El Rengo Argentino”, quien falleció el 8 de abril de 2008 tras recibir una brutal golpiza dentro del penal, pocos días después de ser detenido por el asesinato de un policía.
Según la investigación, Pelozo fue golpeado por varios agentes mientras suplicaba que detuvieran la agresión. En sus últimos momentos llegó a gritar: “Paren que me van a matar”, antes de sufrir un paro cardiorrespiratorio que causó su muerte.
En marzo de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén condenó a prisión perpetua a los agentes Carlos Alberto Vergara, Orlando Horacio John, Pablo Ángel Muñiz, Javier Félix Pelliza, Pablo David Sepúlveda, Daniel Ulises Romero, José Lorenzo Retamal y José Walter Quintana, por imposición de torturas seguida de muerte.
Penas menores recayeron sobre el entonces jefe de la unidad, Héctor Oscar Ledesma; el subjefe, José Roberto Sosa; y el jefe de seguridad externa e interna, Daniel Ricardo Huenul, por omisión en prevenir la tortura y falsedad ideológica. Asimismo, la sentencia incluyó al ex jefe regional Gabriel Eduardo Grobli, al médico de la unidad Juan Carlos Heredia y al enfermero Miguel Ángel Carrilao por encubrimiento y falta de denuncia del delito.
El tribunal que dictó las condenas subrayó que “sin exageración alguna, la muerte era previsible para la víctima y, sin duda, también para los cobardes agentes que se potenciaban por su número y autoridad sobre el detenido”. En su fallo, describió el episodio como un ejemplo del accionar sistemático de violencia dentro de la ex Unidad 9, donde el Servicio Penitenciario intentó “mostrar un cuadro muy diferente a lo que verdaderamente ocurrió”.
La Cámara Federal de Casación Penal había confirmado las condenas más graves y ordenado revisar las penas por encubrimiento. Finalmente, los penitenciarios condenados a prisión perpetua recurrieron a la Corte Suprema, que rechazó sus recursos conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, dejando firme la sentencia.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes declararon “inadmisibles” los recursos de las defensas.
La Procuración Penitenciaria de la Nación, querellante en el caso, consideró que se trata de un fallo “histórico”, que constituye un antecedente clave en materia de responsabilidad penal de agentes penitenciarios por casos de tortura y muerte de personas bajo custodia estatal.
